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  • DIFERENTE DOMICILIO EN PENSION

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #136985  por jakas
 
Hola a todos! inicie hace un tiempo una pension directa de una señora que estaba separada de hecho de su esposo fallecido. al momento de señalar el ultimo domicilio conyugal, colocamos el que figuraba en la partida de defuncion, siendo, por supuesto distinto al de la futura beneficiaria. recibi una citacion por parte de anses para explicar el motivo de la diferencia de domicilio, y para presentar pruebas documentales. esta señora por supuesto no tiene nada. me gustaria que me dieran su opinion, que pasa si a esta altura del tramite se dice que estaban separados? pq si va a verificacion el resultado va a ser hiper negativo. un consejo por favor! gracias a todos!

 #137065  por mariaana
 
Yo presentaría una carta dando una "posible" explicación del porque de los distintos domicilios. De todos modos no me parece que le puedan negar el beneficio por estar separados de hecho. La ley no lo establece como causal, excepto que la separación sea por culpa de la esposa, en este caso y entiendo que eso no se presume. Yo presenté una pensión en las mismas condiciones y estoy esperando la resolución, veremos que pasa, porque todavía está como el primer día.

 #137141  por empí©docles
 
No sé a qué ley te estás refiriendo pero la 17562/67 lo define claramente.-Si no presentó documental, va a ir a indagación vecinal en el domicilio de ambos para determinar la situación conyugal.- Esto no correspondería si no hay elementos de prueba (dec. 1290/94) pero para evitar la litigiosidad, igual se mandan a verificar y después dictamina el abogado: va a denegar si no son contundentes los testimonios.-

 #137202  por andrea1982
 
Si no tuviese importancia la separación de hecho Anses no se tomaría el trabajo de mandar a alguien a verificar.
De hecho al estudio de mi mamá vino una señora que tiene en la partida de defunción del marido mal puesta la dir, se confundieron con el nombre de la calle (aunque es bastante evidente que se confundieron al hacer la partida) y no coincide con el del DNI de la señora. Le pidieron 2 impuestos o servicios a nombre de ella y 2 impuestos o servicios a nombre de él. Y ojo!!! que es nada más para corroborar que es un error en la partida de defunción, y no una diferencia absoluta entre los domicilios.

 #137221  por empí©docles
 
No se trata de un trabajo que se tome ANSES dado que al denegar sin más se estaría lesionando el derecho a defensa del interesado.- Esto está comprendido en los principios de la Seg. Social, en la exposición de motivos de la ley 24241 y anteriores, y en numerosos fallos de la CSJN.- Cabe recordar que se trata de un derecho personalísimo.-
El caso que exponés me parece correcto porque la Partida NO habla, la Partida no explica por sí el error en que incurrió el Registro Civil.- Y para el interesado rsulta más fácil y rápido acompañar esos comprobantes que solicitar la rectificación del instrumento.- En el caso, se favoreció la interesada.-

 #137237  por andrea1982
 
Empédocles, ya se que no se trata de que se tome el trabajo, quise decir que el Anses no lo hace por capricho. Comprobar que vivían o no juntos es algo importante. Mariaana, dijo que no creía que le fueran a negar el beneficio porque estuvieran separados de hecho, por eso dije lo que dije... en fin.

 #137431  por mariaana
 
Lo que yo digo es que en la ley 24241 no se niega el beneficio por separación de hecho. El art. 53 dice que la viuda tiene derecho a la pensión, puede que haya una conviviente y ahí veremos a quien le corresponde o si se otorga mitad a cada una, pero este no es el caso según lo entendí.

 #137452  por rachelcba
 
Hola a todos: Ya que están con este tema, pregunto: Cuando se comparte la pensión entre la concubina y la esposa, sería el único caso donde no es necesario que la esposa tenga el mismo domicilio del causante ???? ésta esposa, debe acreditar que la separación de hecho no fue por su culpa ???????. Espero opiniones, gracias !!!!!!

 #137465  por andrea1982
 
Claro, tiene que ser cónyuge no culpable. Por ahi, en otro post., alguien aclaró el tema de los alimentos cuando no hay cónyuge culpable.