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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #134995  por Ishtar
 
Hola a todos, a ver si alguien me puede ayudar en este tema.
Envie un plan de un cliente que tiene 63 años, o sea que esta pagando la moratoria mes a mes de su bolsillo hasta que llegue a los 65 para poder jubilarse.
En el sicam compre años entremezclados ya que tiene perìodos en relacion de dependencia, que tambien voy a tomar al momento del inicio.

Con respecto a los periodos en relacion de dependencia, tiene certificaciones pero en la sàbana solo le figuran algunos y de una sola empresa y fueron dos...por lo que tengo que hacer ahora reconocimiento de servicios para cuando llegue el momento tener todo listo.

Ya pedi turno...consigne en el pedido esos perìodos en rel.de dep. que quiero me reconozcan

Ahora me entro la duda...como tengo perìodos comprados entre medio por sicam...que va a pasar despues...me los reconoceran???ya que serìan por años, pero no meses iguales a los del reconocimiento :? :?

No se si se entiende mi planteo, si alguien tiene algo para aportar desde ya muchas gracias...

 #135103  por VGalbicka
 
Hola:
Si los trabajó, te los van a reconocer independientemente de que le hayas comprado, como mucho te quedará el reconocimiento y aportes por SICAM superpuestos, pero eso no es problema.

Por otro lado, yo tengo entendido que si inicias un SICAM antes que cumpla la edad lo tuviste que ingresar como "otros reconocimientos", (ya que para acogerse a los beneficios de la ley 24476 deben tener la edad cumplida), entonces esta persona antes de solicitar la jubilación tiene que tener saldada la deuda que se manifestó en el SICAM. Porque hasta que no termine la moratoria no puede solicitar el beneficio.

Esto es lo que yo entiendo, puedo estar equivocada....escuchemos otras opiniones

 #135333  por MARIMO
 
Hola:

Con respecto al Sicam pienso que llegado el momento se puede dar de baja y reformular la deuda con lo que realmente quedarìa para comprar y que quedarìa determinado por el Reconocimiento de Servicios.

Besos

Maria

 #135411  por bea10
 
Hola yo consulte en la afip ese tema de comenzar a pagar antes de cumplir la edad ... lo que me han dicho que al momento de llegar la edad le toman el sicam por los periodos quie esta abonando No hay que dar de baja ... y al momento iniciar la jubilacion se presentan los formularios en el Anses 558/A/B/c ojo esto es lo que me han dicho en la Afip. No se si sera asi

 #135431  por anya
 
Ahora yo digo..no tendra problemas con el tema de los periodos superpuestos?? porque si le reconocen esos periodos en rrdd...y ya fueron comprados en autonomo..que pasaria?
Por lo que yo tengo entendido, si periodos en rr dd y en autonomo se superponen, en el sicam hay que prescribirlos o renunciarlos. No asi cuando son, por ejemplo, 4 pagos en rrdd en la misma fecha...se sumarian los 4 montos, pero se computaria como un solo periodo, sin necesidad de renunciarlo.

 #135504  por NORMA
 
Al principio,por desconocimiento,comprè perìodos como autónomo donde habia RRDD(éstos no los incluì)y no tuve problemas.
Supongo que si se superponen se cuenta una sola vez,ya que me ha pasado tb que tengan aportes de dos empresas en perìodos casi simultaneos,los incorporè ,pero sabia que se contaban una sola vez,la iniciadora me diji que los coloque igual.

 #135514  por Ishtar
 
NORMA escribió:Al principio,por desconocimiento,comprè perìodos como autónomo donde habia RRDD(éstos no los incluì)y no tuve problemas.
Supongo que si se superponen se cuenta una sola vez,ya que me ha pasado tb que tengan aportes de dos empresas en perìodos casi simultaneos,los incorporè ,pero sabia que se contaban una sola vez,la iniciadora me diji que los coloque igual.
Parece que no me supe explicar...
No compre perìodos superpuestos...sino perìodos intercalados
Cita:
Hola a todos, a ver si alguien me puede ayudar en este tema.
Envie un plan de un cliente que tiene 63 años, o sea que esta pagando la moratoria mes a mes de su bolsillo hasta que llegue a los 65 para poder jubilarse.
En el sicam compre años entremezclados ya que tiene perìodos en relacion de dependencia, que tambien voy a tomar al momento del inicio.


Eso habìa puesto...quizas no interpretaron mi pregunta...
supongamos tenia rel de dependencia 2/77 al 2/78... y 3/80 al 4/81...

Yo compre en sicam 3/78 al 2/80 INTERCALADO...

Mi pregunta es que pasa con esos años....que estàn entre medio...????
con el tema del reconocimiento...despues me tomaràn los de sicam :roll:
Creo que no me entienden...ME VOY A LLORAR AL CAMPITO :cry: :cry: :cry:
 #135521  por pablo1
 
Ishtar escribió:Hola a todos, a ver si alguien me puede ayudar en este tema.
Envie un plan de un cliente que tiene 63 años, o sea que esta pagando la moratoria mes a mes de su bolsillo hasta que llegue a los 65 para poder jubilarse.
En el sicam compre años entremezclados ya que tiene perìodos en relacion de dependencia, que tambien voy a tomar al momento del inicio.

Con respecto a los periodos en relacion de dependencia, tiene certificaciones pero en la sàbana solo le figuran algunos y de una sola empresa y fueron dos...por lo que tengo que hacer ahora reconocimiento de servicios para cuando llegue el momento tener todo listo.

Ya pedi turno...consigne en el pedido esos perìodos en rel.de dep. que quiero me reconozcan

Ahora me entro la duda...como tengo perìodos comprados entre medio por sicam...que va a pasar despues...me los reconoceran???ya que serìan por años, pero no meses iguales a los del reconocimiento :? :?

No se si se entiende mi planteo, si alguien tiene algo para aportar desde ya muchas gracias...
que pregunta eh.
bueno haber como seria , si comprastes por sicam periodos que se

superponen con rrdd. te lo tomaran uno de los dos , o sea , que te

faltaran aportes cuando cumpla la edad , entonces en ese caso tendrias

que rehacer el sicam , salteando esos periodos con rrdd, y comprando

mas años o meses , ahora si el sicam y los aportes que tenga en rrdd

estan bien y te dan los 30 años , el dia que cumpla la edad lo presentas y

te lo toman .
saludos.

 #135568  por MARIMO
 
Chicas:

Observen que coincidimos con Pablo1.
No hay problemas.

El Reconocimiento determinarà si està exacto el Sicam. Si llegara a estar mal se reliquida, si està bien y si se puede se presentarà el mismo. De cualquier manera la antiguedad correrà desde la presentaciòn del tràmite.

besos

Maria

 #135620  por pavime
 
Hola! Ahí va me pequeño aporte porque inicié una jubilacion ya acordada, comenzando a pagar meses previos a los 60años de la sra.:
el reconocimiento de los servicios determinará la validez del Sicam, es decir, si reconocen los períodos que vos tomaste en cuenta la liquidación es correcta; de lo contrario, al no ser coincidentes periodos reconocidos con esos que vos tomaste para hacer el Sicam deberás pedir la baja del plan e iniciar uno nuevo.
Y el retroactivo es a partir de la edad jubilatoria.
Saludos

 #136142  por VGalbicka
 
Si son periodos intercalados NO PASA NADA. Esta perfecto.
Y en cuanto al caso de las superposiciones a AFIP no le importa un si le pagan demás...los que rechazan estos casos en el momento del inicio son los de ANSES por una cuestion de no perjudicar al futuro jubilado.

 #136163  por Ishtar
 
Hola, si son intercalados, gracias
Y si, luego de leer y preguntar es asi no pasa nada...
Les agradezco a todos sus aportes, ya lo he aclarado.
Besos a tds. Ishtar