Mi opinion...la edad requerida para poder jubilarse en este caso seria a los 52 segun la ley...entonces..creeria que el art 19 se toma desde la edad que establece la ley...y no desde la edad que le da el prorrateo...
a ver si leo algo ...porque me da inseguridad
Esperamos su opiniòn anciosamente...
P.D. Hacelo por Marìa que te preparó la tortilla de papas

