HOLA, TENGO UN SEÑOR DE 58 AÑOS QUE TIENE 10 AÑOS DE APORTES DIFERENCIALES DTO. 6730/68 Y 8 AÑOS MAS DE SERVICIOS COMUNES. SABEN SI CUAL ES LA EDAD DE JUBILACION? SE PUEDEN TOMAR TODOS LOS APORTES? COMO SE HACE EL PRORRATEO? DESDE YA MUCHAS GRACIAS POR SU AYUDA.
isabellab escribió:HOLA, TENGO UN SEÑOR DE 58 AÑOS QUE TIENE 10 AÑOS DE APORTES DIFERENCIALES DTO. 6730/68 Y 8 AÑOS MAS DE SERVICIOS COMUNES. SABEN SI CUAL ES LA EDAD DE JUBILACION? SE PUEDEN TOMAR TODOS LOS APORTES? COMO SE HACE EL PRORRATEO? DESDE YA MUCHAS GRACIAS POR SU AYUDA.hola mira el Dto 6730/68 es el que encuadra eL Regimen Diferencial Personal embarcado en relacion de Dependencia y dice
en su artic 1)
que tendra derecho a la jubilacion ordinaria con 52 años de edad y 25 de servicios .
Nuevamente el Legislador indica la lectura del artic. 157 de la ley 24241, articulo que le da un completo marco juridico
Artic.2) a los efectos del computo de los servicios, se aplicara lo dispuesto en el artic 2do del Decreto 6395/46, que dispone lo siguiente:
" El personal embarcado y el que realiza tareas en forma discontinua la fraccion que dentro del año exceda de 6 meses de servicio, de 150 dias o de 1200 horas sera computado como un año entero"
Las fracciones menores de 6 meses de servicios, de 150 dias o de 1200 horas dentro del año calendario seran computados doble. en ningun caso podran computarse dentro de un año calendario mas de 12 meses de servicios
Articulo 3
La determinacion del haber del beneficio que pudiere corresponder al personal o a sus derechohabientes se efectuara de acuerdo con las normas del regimen comun en que aquel esta
Las disposiciones precedentes comenzaron a regir a partir del 1 de agosto de 1968
tendras que hacer el prorrateo de estos servicios y de los comunes . pasa los datos para que te podamos ayudar . en el foro hay genios del prorrateo.
