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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #132381  por sandranoemiibanez
 
Estimados:
les comento que me llego el caso de una Sra. que cumple 60 en abril, es italiana, pero tiene aportes en rel de dependencia aqui en argentina con reconocimiento de servicios de un total de 21 años 5 meses y 24 dias, desde
16/11/66 al 30/04/73,
01/01/74 al 15/11/85
23/12/85 al 27/10/88
01/02/89 al 19/05/89

Ademas posee aportes en rel de dependencia en Italia.

El tema es que le dijeron que no se debian superponer aportes entre italia y Argentina (por el tema de que queria comprar años por sicam, los que le faltan... lo q pasa es q el tiempo q no estuvo aqui ha aportado alla....)

Que piensan Que puedo hacer? le puedo comprar los años que faltan, por medio de moratoria y SDM, si es que ella no estuvo en el pais.... mi temor es que como no estuvo en el pais... no pudo haber hecho aportes.... me dan una mano?
Gracias totales

 #132387  por ROS55
 
hola! No le podés comprar años por SDM porque como bien decís no estuvo en la Argentina pero... ojo que si tiene aportes en Italia por el tiempo de 9 años 7 meses y que no se superpongan con los de R. de dependencia de aquí, la podés jubilar porque existe convenio internacional con Italia. Fijate en la pagina del ANSES. Saludos

 #132401  por empí©docles
 
Tenés que iniciar un Convenio de Recoprocidad, así lo pedís en el turno.-

 #132406  por jarocho
 
Creo haber entendido esto:
La señora cuando no estuvo en Argentina aporto en Italia, por lo tanto no se superponen aportes de mismos periodos en ambos paises. Tampoco
la informacion que pueda brindar migraciones invalidaria aportes en uno y otro pais......... entonces si esto es asi explorá lo siguiente:
En paginas internet de seguridad social Italianas fijate cuanto son los minimos requeridos para la jubi italiana exclusivamente.
Fijate despues de hacer un calculo tuyo (no Sicam) cuanto y durante cuantos meses deberia pagar una moratoria en Argentina exclusivamente despues de haber usado todos los recursos ampliatorios ;
Veo que ceso en el 89 aqui entonces le entrarian años por dj
Con ese panorama a la vista fijate que se puede hacer.
Opciones: Dos jubilaciones totalmente independientes (una aca y otra alla)
(seria lo ideal) y si no..............
Una unica Jubi por convenio internacional Italia/Argentina o.......
Una unica Jubi por convenio internacional Argentina/Italia.

 #132459  por empí©docles
 
Cuál es la diferencia entre Arg- Italia y viceversa? porque el convenio es Italo Argentino....
 #132469  por rosario santos
 
sandranoemiibanez escribió:Estimados:
les comento que me llego el caso de una Sra. que cumple 60 en abril, es italiana, pero tiene aportes en rel de dependencia aqui en argentina con reconocimiento de servicios de un total de 21 años 5 meses y 24 dias, desde
16/11/66 al 30/04/73,
01/01/74 al 15/11/85
23/12/85 al 27/10/88
01/02/89 al 19/05/89

Ademas posee aportes en rel de dependencia en Italia.

El tema es que le dijeron que no se debian superponer aportes entre italia y Argentina (por el tema de que queria comprar años por sicam, los que le faltan... lo q pasa es q el tiempo q no estuvo aqui ha aportado alla....)

Que piensan Que puedo hacer? le puedo comprar los años que faltan, por medio de moratoria y SDM, si es que ella no estuvo en el pais.... mi temor es que como no estuvo en el pais... no pudo haber hecho aportes.... me dan una mano?
Gracias totales
Fijate que si la jubilás con convenio, más allá del cáclulo que se hace acá por ley 24241, después se puede pedir que le abonen una diferencia de haberes por el tiempo que aportó en Italia.

 #132516  por jarocho
 
Los aportes en Italia fueron autonomos o relacion de dependencia ?