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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #129390  por maria soledad
 
la viuda de un fallecido en dic 07 con 64 años de dad q figura en capitalizacion (tiene 2años de aportes a la afjp (1998 y 1999) puede ejercer la opcion jubilatoria y pedir la pension en anses con moratoria? .

 #129428  por empí©docles
 
La opción es una declración de voluntad que puede ejercer el fallecido.-

 #129574  por maria soledad
 
empédocles escribió:La opción es una declración de voluntad que puede ejercer el fallecido.-
empédocles, o sea que si el fallecido no ejercio la opcion la viuda debe tramitar pension en la afjp, si o si ?

 #129582  por empí©docles
 
Si, lamentablemente no puede asumir la elección.-

 #129641  por andrea1982
 
Para mi tiene que ser en la AFJP...no encuentro razón para que sea de otra manera... :roll: Me equivoco?

 #129642  por Selma
 
andrea1982 escribió:Para mi tiene que ser en la AFJP...no encuentro razón para que sea de otra manera... :roll: Me equivoco?
No te equivocas Andrea, es acertado lo que pusiste, todos pensamos igual :lol:

 #130020  por maria soledad
 
empédocles escribió:Si, lamentablemente no puede asumir la elección.-
disculpen ..pero yo tenia entendido que si la persona (viva o muerta) no hubiera ejercido la opcion y tenia menos de 20000 en su cta pasaba automáticamente al reg de reparto a partir de enero 2008 ...... acaso no es tan asi?

al margen.... les comento que en este caso en especial el fallecido no´ejerció la opcion dado q estuvo gravemente enfermo durante los ultimos dos meses anteriores a su fallecimiento y ni él ni nadie se ocupó del tema de su opcion jubilatoria...

 #130059  por andrea1982
 
ok, según entiendo yo, pasaría automáticamente a reparto, lo que no implica que otra persona pueda optar por él...O sea, que si fallese y no llegó a optar no puede optar la viuda por él :S

 #130453  por maria soledad
 
andrea1982 escribió:ok, según entiendo yo, pasaría automáticamente a reparto, lo que no implica que otra persona pueda optar por él...O sea, que si fallese y no llegó a optar no puede optar la viuda por él :S
andrea1982 ... gracias por responder pero entiendo q la opcion es personal del fallecido y no puede ejercerla ahora la viuda ......
pero mi duda es ....... si teniendo menos de 20000 en su cta y estando al mes de marzo 2008 ... de acuerdo a la reglamentacion no debería haber pasado automaticamente a reparto el 1/1/08 ? ......lo cual habilita de oficio a la viuda a presentar su solicitud de pension en anses y no en la afjp? ..........eso es lo que no me queda claro todavía...... por eso necesitaría saber si alguien coincide conmigo o..es q mi planteo es desacertado .... gracias a todos ....

 #130497  por andrea1982
 
si, para mi si, pero insisto, es una opinión personal... Porque si se supone que al no ejercer la acción pasaba directamente a reparto...