GABRILITAIURIS escribió:la ultima y no te hincho mas :para poner el beneficio me tira un desde hasta.para renunciar a 3/1997 pongo desde 3/1997 hasta 3/1997.?A ver si entendiste:
y en el otro periodo a renunciar 3/98 hasta 2 /2007?es asi?
1) En situacion de revista sicam 1
tenes que agregar el perìodo al cual vas a aplicarle el art.3 o sea:
4/77 al 3/80 categ.308 (costurera)
4/84 al 3/86. categ.308 costurera
2) En beneficios:
3/97 al 3/97 art.1 ley 25321
3/98 al 2/2007 art.1 ley 25321
4/77 al 3/80 art.3 ley 24476
4/84 al 3/86. art.3 ley 24476
En sicam 2 tenes que comprar como te dije desde el mes posterior a los 18 hasta lo que te falte para completar los 30...tene cuidado de no repetir los años que tomaste en sicam 1 para aplicarles el art.3
