Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Jubilacion Docente

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #127167  por marluwill
 
Queridos foristas tengo una clienta, de 57 años, que es maestra suplente en turno mañana en una escuela municipal y por la tarde en un colegio privado dependiente de la ciudad autonoma de buenos aires, cuando fue en febrero a buscar el puntaje, en la planilla le salia JB, pregunto a sus compañeras que significaba y le dijeron que era jubilable, xq reunia los requisitos de la edad y los aportes, segun ella le computan los años dobles por el echo de trabajar en dos escuelas, cesto esta bien, porque la ley nada dice al respecto. El tema principal ella no se quiere jubilar todavia mis dudas son:
1- se los pueden computar doble como antiguedad el hecho de trabajar en dos escuelas?
2- puede seguir trabajando, o se tiene que dar por notificada tacitamente al haber firmado la planilla con el puntaje?
3 si se jubila ahora, el haber lo fijan teniendo en cuenta los dos sueldo que gana o solo uno?
Bueno si un alma piadosa lo sabe, por favor me puede contestar? :roll: :?: saludos
 #127266  por NORMA
 
[quote="marluwill"]Queridos foristas tengo una clienta, de 57 años, que es maestra suplente en turno mañana en una escuela municipal y por la tarde en un colegio privado dependiente de la ciudad autonoma de buenos aires, cuando fue en febrero a buscar el puntaje, en la planilla le salia JB, pregunto a sus compañeras que significaba y le dijeron que era jubilable, xq reunia los requisitos de la edad y los aportes, segun ella le computan los años dobles por el echo de trabajar en dos escuelas, cesto esta bien, porque la ley nada dice al respecto. El tema principal ella no se quiere jubilar todavia mis dudas son:
1- se los pueden computar doble como antiguedad el hecho de trabajar en dos escuelas?
2- puede seguir trabajando, o se tiene que dar por notificada tacitamente al haber firmado la planilla con el puntaje?
3 si se jubila ahora, el haber lo fijan teniendo en cuenta los dos sueldo que gana o solo uno?
Bueno si un alma piadosa lo sabe, por favor me puede contestar? :roll: :?: saludos[/quo

*.En capital, tengo entendido que los docentes se jubilan con 30 años de aportes o sino 25 con diez años como mínimo al frente de un curso: edades: 57 mujeres, 60 hombres. Lo dice la ley!!!
*El echo de trabajar doble cargo,no indica que te computan servicios dobles.Trabajas 10 años ,doble cargo eso no significa que tenès 20 años de antigûedad,sino 10 .Cuando se jubile,podrà tener una jubilacion"mejora"jajaja,por la cantidad de años que haya trabajado doble .
*Cuando firmas la planilla de puntaje,te notificas sòlo de eso del puntaje.
*La intimaciòn a jubilarte tiene que ser fehaciente.-


PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" :wink:
 #127340  por marluwill
 
NORMA escribió:
marluwill escribió:Queridos foristas tengo una clienta, de 57 años, que es maestra suplente en turno mañana en una escuela municipal y por la tarde en un colegio privado dependiente de la ciudad autonoma de buenos aires, cuando fue en febrero a buscar el puntaje, en la planilla le salia JB, pregunto a sus compañeras que significaba y le dijeron que era jubilable, xq reunia los requisitos de la edad y los aportes, segun ella le computan los años dobles por el echo de trabajar en dos escuelas, cesto esta bien, porque la ley nada dice al respecto. El tema principal ella no se quiere jubilar todavia mis dudas son:
1- se los pueden computar doble como antiguedad el hecho de trabajar en dos escuelas?
2- puede seguir trabajando, o se tiene que dar por notificada tacitamente al haber firmado la planilla con el puntaje?
3 si se jubila ahora, el haber lo fijan teniendo en cuenta los dos sueldo que gana o solo uno?
Bueno si un alma piadosa lo sabe, por favor me puede contestar? :roll: :?: saludos[/quo

*.En capital, tengo entendido que los docentes se jubilan con 30 años de aportes o sino 25 con diez años como mínimo al frente de un curso: edades: 57 mujeres, 60 hombres. Lo dice la ley!!!
*El echo de trabajar doble cargo,no indica que te computan servicios dobles.Trabajas 10 años ,doble cargo eso no significa que tenès 20 años de antigûedad,sino 10 .Cuando se jubile,podrà tener una jubilacion"mejora"jajaja,por la cantidad de años que haya trabajado doble .
*Cuando firmas la planilla de puntaje,te notificas sòlo de eso del puntaje.
*La intimaciòn a jubilarte tiene que ser fehaciente.-


PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" :wink:

GRACIAS NORMA, POR HABER CONTESTADO MUY AMABLE COMO SIEMPRE. BESOS

 #127356  por NORMA
 
Marluwill:¡Un placer!

Cariños PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" :wink: