AbogadoJoven escribió: ↑Mié, 16 Sep 2020, 18:18
Colegas en el caso de un embargo preventivo trabado, q ahora hay q levantarlo por q se rechazo la demanda in limine el tema es q en la cuenta de autos hay menos dinero del q se embargo, se puede intimar al ejecutante a completar el monto de la medida?
Estoy como
legesalcom, no te entiendo.
Si decís " cuenta de autos " se entiende que es una cuenta abierta especialmente para ésos autos y agregás que la demanda fue rechazada in limine. Luego hablás de "embargo preventivo ".
Disculpame, pero no cierra.
No será que lo que querés decir es que a tu cliente le embargaron en forma preventiva dinero en SU cuenta en el Bco. XXXXXXXXXX y que ahora que se rechazó la demanda y levantan el embargo se encuentra con que no le acreditan el 100% de lo embargado ??? Eso no es una cuenta de autos.
Por otro lado, el ejecutante NUNCA podría haber retirado dinero a esta altura del proceso.
Razón tiene
legalescom, si a alguien hay que reclamar, es al banco .