Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • jubilación y pensión

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #123707  por silvanaroccia
 
Gente tengo una sra. que está en condiciones de 1ero. jubilarse por moratoria y luego pensionarse.
Les consulto:
1.- tengo que esperar a que esté acordada la jubilación para poder iniciar la pensión??
2.-O bien puedo mandar el sicam, pedir el turno de la jubilación primero y a los pocos días presentar el trámite de pensión??
Gracias
 #123804  por Selma
 
Serìa la primera opciòn si fallecio antes del 10/2006.

La segunda yo ni la pensarìa...primero en mi opiniòn tendrìa que estar acordada la jubilaciòn y recien iniciaria la pension.

 #123853  por Keenu
 
una duda......según tengo entendido una jubilada puede tramitar una pension pero una pensionada no puede tramitar jubilacion (moratoriamente hablando)
 #123863  por Selma
 
silvanaroccia escribió:ok si si fallecio el 09/05/2006.
Gracias
Silvana, incluso para mayor seguridad...esperaria que haya cobrado el primer haber de la jubilaciòn :lol: :lol:
una duda......según tengo entendido una jubilada puede tramitar una pension
Habria que ver el caso :roll: :roll: ...en principio una derivada si...
pero una pensionada no puede tramitar jubilacion
Tambièn habrìa que ver el caso
(moratoriamente hablando)
jajaja, si...siempre moratoriamente hablando... :lol: :lol:
 #124200  por silvanaroccia
 
La excepción dice los siguiente, tengo la duda porque el que fallecio no era autónomo, podré pensionarla igual a la sra.??:
e) PENSIONES:
Quedan exceptuados de lo dispuesto por los artículos 4° y 5° de la Resolución DE N° 884/06, las solicitudes de deuda por SICAM formuladas por los derechohabientes del trabajador autónomo, afiliado al SIJP, que hubieran fallecido con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la misma.