Hola a todos. Saben si está vigente la ley 20888 - preve el otorgamiento de jubilacion ordinaria a personas ciegas con 45 años de edad y 20 años de servicio. En tal caso podrían pagarse los 20 años por moratoria.
Te refieres a la ceguera congenita o a la necesidad de que este inscripto. Creo que los otros casos de ceguera estan contemplados con los mismos beneficios del art. 1 en los art. 2 y 3.
Te agradezco tu respuesta