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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #116439  por mbe
 
tengo una duda, una persona que le fue otorgada la jubilacion en el año 1991 (ley 18037). Ya tiene hecho un reajuste con sentencia de la CSJN del año 2005, con otro abogado. Ahora viene a decirme que hay un año que no le computaron para la liquidacion de su haber jubilatorio. es procedente ahora el reclamo???????
 #116464  por celeste08
 
Lo que podes hacer es un nuevo juicio de reajuste por aplicación del fallo Badaro, para que le actualicen (88%) el período 2002/ 2006, es lo único que podés hacer.
Saludos
Alejandra

mbe escribió:tengo una duda, una persona que le fue otorgada la jubilacion en el año 1991 (ley 18037). Ya tiene hecho un reajuste con sentencia de la CSJN del año 2005, con otro abogado. Ahora viene a decirme que hay un año que no le computaron para la liquidacion de su haber jubilatorio. es procedente ahora el reclamo???????

 #116478  por mbe
 
perdon mi insistencia, entonces el reclamo por error en la liquidacion no se puede hacer. es por el tiempo que paso?? es porque ya hay una sentencia x reajuste anterior?

 #116480  por mbe
 
otra pregunta mas... si la sentencia fue en septiembre de 2005, yo tengo que reclamar el reajuste a partir de ahi???? o como vos decis puedo reclamarlo desde el 2002 x aplicacion del nuevo fallo badaro???

 #116529  por celeste08
 
Lo podés reclamar 2 años para atrás (Marzo del 2006 en adelante) el período anteriro ya está prescripto

mbe escribió:otra pregunta mas... si la sentencia fue en septiembre de 2005, yo tengo que reclamar el reajuste a partir de ahi???? o como vos decis puedo reclamarlo desde el 2002 x aplicacion del nuevo fallo badaro???

 #116568  por mbe
 
celeste08 escribió:Lo podés reclamar 2 años para atrás (Marzo del 2006 en adelante) el período anteriro ya está prescripto

mbe escribió:otra pregunta mas... si la sentencia fue en septiembre de 2005, yo tengo que reclamar el reajuste a partir de ahi???? o como vos decis puedo reclamarlo desde el 2002 x aplicacion del nuevo fallo badaro???
el tema es que uno tiene que reclamar todo, despues el ANSES que oponga excepcion de prescripcion, yo no les voy a facilitar la tarea... yo quiero saber si puedo reclamarlo desde el año 2002 (fallo badaro) o si tengo que respetar la fecha de la sentencia judicial del reajuste anterior, año 2005