Ante su silencio a mi T.C.L .......... (CD ........) , lo que implica una flagrante violación al principio de la buena fe (art. 63 LCT), constituyendo ello una presunción en su contra (art. 57), que junto a la negativa de tareas constituye grave injuria laboral impeditiva de la prosecución del vinculo, sumado a ello el no cumplimiento a mis reclamos anteriores que ratifico en todos sus términos, hago efectivo el apercibimiento de mi colacionado anteriory me considero injuriado y despedido por su exclusiva culpa.
Intimo plazo ley abone indemnización correspondiente, con mas multa art. 16 ley 25.561,bajo apercibimiento de accionar legalmente y reclamar multa art. 2 ley 25.323.Asimismo intimo plazo 30 días haga entrega de certificados de aportes, quedando intimado para que en el plazo de dos días posteriores al mismo efectivice el requerimiento apercibimiento art. 80 LCT.
Queda Usted debidamente notificado.
Amoldalo a tu caso.
La justicia en Argentina, anda sobre ruedas, o sea que aparte de ciega es paralitica!!!