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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #112052  por Adrimar
 
Hola Foristas: finalmente después de buscar mucho encontre la circular que quería que es la 10/07 (la encontré por internet) pero para poder aplicarla tiene que tener 3 años en el SIJyP.
Ahora, ante una denegatoria por no reconocimiento de años la opción es hacer la moratoria por esos años y volver a iniciar? Ya sé que se pierde el retro, pero hay algún plazo para hacerlo después de la notificación de la denegatoria? Existe un procedimiento especial para AFJP?
Gracias y espero que alguien me conteste.
Adrimar
 #112122  por NORMA
 
Adrimar escribió:Hola Foristas: finalmente después de buscar mucho encontre la circular que quería que es la 10/07 (la encontré por internet) pero para poder aplicarla tiene que tener 3 años en el SIJyP.
Ahora, ante una denegatoria por no reconocimiento de años la opción es hacer la moratoria por esos años y volver a iniciar? Ya sé que se pierde el retro, pero hay algún plazo para hacerlo después de la notificación de la denegatoria? Existe un procedimiento especial para AFJP?
Gracias y espero que alguien me conteste.
Adrimar
Hay!,yo tengo la circular pero en soporte de papel,bhe...

*Tenès que solicitar la baja de la liquidación ,una vez que te habilitan para modificar el SICAM,haces una nueva en la cual vas a incluir TODOS los años que necesites para los 30 años de servicios.

*No tiene plazo.

*Vos la iniciaste por una AFJP,o por ANSeS?.Desde mi punto de vista el recorrido a realizar es el mismo.

 #112753  por Adrimar
 
Norma: lo inició por Nación, por eso pregunté si hay alguna normativa en particular, especialmente con respecto al plazo. No tenía moratoria anterior, solo Rel.Dep., asi que ahora tengo que hacerla y presentarla.
Con respecto a la circular, ya la encontré por internet, te agradezco.

Gracias por tu respuesta.

 #113004  por NORMA
 
Bien,hace la moratoria por los años que te faltan para completar los 30 años(descontando el exceso de edad)
 #113480  por anya
 
Adrimar escribió:Hola Foristas: finalmente después de buscar mucho encontre la circular que quería que es la 10/07 (la encontré por internet) pero para poder aplicarla tiene que tener 3 años en el SIJyP. Para poder aplicarla tenes que tener el 35% en el sijyp del total declaradoAhora, ante una denegatoria por no reconocimiento de años la opción es hacer la moratoria por esos años y volver a iniciar? Ya sé que se pierde el retro, pero hay algún plazo para hacerlo después de la notificación de la denegatoria? Existe un procedimiento especial para AFJP?
Gracias y espero que alguien me conteste.
Adrimar