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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #112316  por ilda
 
Hola a todos! Tengo que jubilar a una señora que nacio en octubre del 47. Ya tengo el SICAM armado y me da 27a 11m de servicios y 23a 11m de aportes, pero me surgio una duda:¿los meses que tengo que comprar por SDM los calculo teniendo en cuenta los años y meses de SERVICIOS O LOS DE APORTES?
Me dijeron que si compro SDM 2002-2003 obtengo 3 años de beneficio...., en mi caso no necesitaria 4 años??
¿para que sirven estos años de beneficios de DDJJ?


Espero su ayuda!!! muchas gracias desde ya!!

Ilda

 #112340  por empí©docles
 
Fijate en la ley 24241 que en el art. 38 te aclara lo de la declaración jurada
 #112351  por Selma
 
Si compras períodos hasta el 2003 son 3 años de beneficios, o sea que en la liquidación que has hecho estas tomando un año mas...
Los beneficios sirven para no pagar esos años ya que quedan con deuda "0", pero como bien te dijo empédocles, tenes que fijarte en el art. que menciona donde esta explicado la cantidad de años a tomar de acuerdo al cese.

ARTICULO 38º. - Para el cómputo de los años de servicios con aportes requeridos por el artículo 19 para el logro de la prestación básica universal, sólo podrán acreditarse mediante declaración jurada, como máximo, la cantidad de años que a continuación se indican, según el año de cese del afiliado:

1994 7 años

1995 7 años

1996 6 años

1997 6 años

1998 5 años

1999 5 años

2000 4 años

2001 4 años

2002 3 años

2003 3 años

2004 2 años

2005 2 años

2006 1 años

2007 1 años