Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • AYUDA SICAM

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #106918  por Rogerbonnal
 
Soy nuevo en el Foro y no trabajo en temas previsionales, por lo tanto acudo a la ayuda de ustedes. En realidad se trata de mi madre:

FECHA DE NACIMIENTO: 21/01/1916

TIENE UNA PENSIÓN POR VIUDEZ DESDE EL AÑO 1976

NUNCA APORTÓ.

QUIERE JUBILARSE. HE INGRESADO EN SICAM Y TENTÉ EL SIGUIENTE ESQUEMA SUGERIDO POR ANSES:

SITUACIÓN DE REVISTA:

1 PERÍODO: 01/1955 A 01/1962 AUTÓNOMO
(ANSES CALCULA: 7 ANOS Y 1 MES: 01/01/1955 A 30/01/1962, PERO EL SICAM NO ME PERMITE INGRESAR DÍAS??)

PERÍODO: 02/1963 A 31/01/1970 ART. 3 LEY 24476
(ANSES CALCULA: 7 AÑOS: 01/02/1963 A 31/01/1970

CALCULO LA DEUDA Y ME DA APROXIMADAMENTE 3.646$ QUE, CREO, SE DEBEN PAGAR AL CONTADO.

PREGUNTO ESTA SITUACIÓN DE REVISTA ES CORRECTA Y SI LO ES NO PUEDE SER MEJORADA?

INFINITA GRACIAS

 #107015  por diego 18
 
Hola ! A mi entender la situacion de revista es correcta hacelo con la cat. 307. Y segun las fechas que pasas puede compensar 16 años por el art. 19 y comprar 14 años con la moratoria. Seguramente en Anses te dijeron que compres un mes mas por las dudas. Se paga de contado porque es pensionada y la podes mandar por web (JAAP ). Suerte :roll: :roll: :roll:

 #107338  por Ariel_Franz
 
diego 18 escribió:Hola ! A mi entender la situacion de revista es correcta hacelo con la cat. 307. Y segun las fechas que pasas puede compensar 16 años por el art. 19 y comprar 14 años con la moratoria. Seguramente en Anses te dijeron que compres un mes mas por las dudas. Se paga de contado porque es pensionada y la podes mandar por web (JAAP ). Suerte :roll: :roll: :roll:
no por web...por turno, ya que debe demostrar que cancelo la moratoria, de lo contrario quedara con COD 94

 #107366  por diego 18
 
Por web se manda tranquilamente. Yo tuve un caso igual, se paga al contado y a los 10 dias aparece el pago en el Sicam acreditado, no es necesario acreditarlo delante de un iniciador con turno. :) :) :)