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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #105793  por nagonzalez
 
Buenas tarde a todos!!!!!
El caso es el siguiente tengo una señora que cumple los 60 años el 15 de abril pero tiene algunos aportes como servicio domestico
Tiene por servicio domestico desde el 04/2006 hasta el 12/2007
Tengo que comprar mas SDM?
La situacion de revista es 05/196 09/1993
Estoy re perdida??'
Una mano por favor!!!!

sdm

 #105915  por dindin
 
Hola, si esta señora cumple los 60 en el 2008, entonces tendrías que comprarle desde el 01/05/66 hasta el 30/09/93o sea 27 años y 5 meses. A eso le sumarias 1 año y 9 meses de sdm que tiene aportado así que tendrías un total de 29 años y dos meses. Tendrías que comprarle 10 meses por sdm desde por ejemplo el 04/2000 hasta el 31/01/01 sino me equivoco. Lo que tenés que tener en cuenta es que sólo vas a tener 1 año por art. 3 porque el cese va a ser en el 2007.
Espero haberte ayudado!

 #105917  por VGalbicka
 
Según mis cálculos:
Situación de Revista: 5/66 hasta 9/93 = 27 años y 5 meses.(hasta acá nos faltan 31meses para completar los 30 años de aportes)
Ahora contamos los 21 meses de servicio domestico que ya tiene (4/2006-12/2007)
Nos siguen faltando 10 meses

Mi Conclusión: hay que comprar 10 meses por Servicio Domestico (6/2005 a 3/2006)

-Podes iniciarla hasta tres meses antes de que cumpla la edad (yo no lo recomiendo….prefiero esperar a los 60). Obviamente no vas a cobrar retroactivo hasta que tenga la edad.
-Por supuesto no hay art. 19.

 #106729  por nagonzalez
 
Mi duda es cuanto aplicar por DDJJ no se si me corresponde 1 año o ninguno....

 #106844  por Ishtar
 
nagonzalez escribió:Mi duda es cuanto aplicar por DDJJ no se si me corresponde 1 año o ninguno....
Hola, si el último aporte fue el 12/2007 podrías aplicar 1 año, si sigue aportando en rel.de dependencia en mi opinión ninguno.

 #106859  por NORMA
 
Ishtar escribió:
nagonzalez escribió:Mi duda es cuanto aplicar por DDJJ no se si me corresponde 1 año o ninguno....
Hola, si el último aporte fue el 12/2007 podrías aplicar 1 año, si sigue aportando en rel.de dependencia en mi opinión ninguno.


Efectivamente ,si sigue en actividad no gozará del beneficio de la DDJJ,si el cese es al 2.007 ,le aplicas 1 año.