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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #105378  por Jesica Pujato
 
Hola! tengo una persona de 63 años de edad y 19 de aportes. ES chofer y se le aplica el decreto 4257/68. Quiero saber si a este cómputo privilegiado le puedo aplicar el art. 38 y reconocerle años por declaración jurada ya que cesó en 1994. Gracias.

 #105739  por margot
 
ya esta la misma consulta

 #105933  por empí©docles
 
La dec. jurada del art. 38 se toma como servicios comunes.- Hacele el prorrateo y a mí, con el dato que aportás, me da como edad requerida 57 años 07 meses 28 días, por tanto podés tb aplicar exceso de edad.- Pero sacale bien las cuentas.-