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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #101466  por claudiamv
 
Hola una consulta, me rechazaron una pesion derivada , la mujer era concubina me dijieron que es por el tiempo de convivencia que no corroboraron los 5 años que la ley exige, si bien la convivencia si esta acreditada ,no asi los años que estuvieron juntos creo que llegan a 3 años. Se puede apelar ese dictamen , me dan una idea como hacer? Muchas gracias

 #101470  por mariaana
 
Para que le corresponda el beneficio debe acreditar 5 años de convivencia o 2 en caso de que tengan hijos en común por lo que tengo entendido. Si no se probó convivencia por ese lapso no creo que sea posible recurso alguno.
 #101475  por DRA. MACA
 
claudiamv escribió:Hola una consulta, me rechazaron una pesion derivada , la mujer era concubina me dijieron que es por el tiempo de convivencia que no corroboraron los 5 años que la ley exige, si bien la convivencia si esta acreditada ,no asi los años que estuvieron juntos creo que llegan a 3 años. Se puede apelar ese dictamen , me dan una idea como hacer? Muchas gracias
Hola, el tema es que deben ser 5 años de convivencia (salvo la reduccion a 2 años por descendientes), y generalmente suelen reconocer la convivencia y tambien los años con la correspondiente documental y testimonial, si no fue asi, no podes apelar porque no corresponde por la cantidad de años (que son 3). Saludos.

 #102140  por claudiamv
 
Gracias por sus respuestas, el tema es que realmente vivieron juntos alrededor de 6 años pero no tengo mucha documental de principio de la relacion

 #103111  por empí©docles
 
El dec. 1290 reglamenta el art. 53 24241 y ahí te indica las pruebas.- Debe acreditar 05 años inmediatos anteriores al deceso; si no hay prueba lo pueden mandar a verificar pero la testimonial por sí sola no es suficiente.-

 #103375  por DRA. MACA
 
Como mencione, los 5 años de convivencia deben ser realmente comprobables la testimonial sola de por si no es suficiente, ya mencione en otro post los requisitos que se deben tener para acreditar la convivencia y los años. Por mas que sean mas de 5 años que estuvieron en concubinato, si no hay pruebas que asi lo demuestren, no se va a hacer efectivo el cobro de la pension.