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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #100748  por anya
 
El caso es el siguiente:
señora pensionada, que va a pagar la deuda al contado asi se jubila. en datos personales me figura que esta acogida a la 592/79, si opto por SI en el sicam me aparecen 15 años y medio en 0.
Si opto por NO, me sale la deuda de esos 15 años.

Entonces pregunto....tendre algun problema si opto por el Si???

O para el uso de esa moratoria hay que seguir algun paso en especial?? por ejemplo ampliar periodos?? :roll:

 #100776  por Mldt
 
adhiero a la pregunta, hoy armé un sicam y pasó lo mismo, no me animo a enviar el plan (obvio marque SI) sin confirmar que esté bien...

 #100781  por anya
 
Hola!! te pregunto es el mismo caso? esta pensionada??
Porque si no lo esta...se de colegas que lo han hecho, llendo por turno, se la aceptaron y ya estan cobrando.
Mi miedo es hacerle pagar al contado 6.000 pesos a esta señora y me la reboten.
Aunque si se puede de una forma creeria que de la otra tambien :roll:

 #100791  por Mldt
 
no, no es el mismo caso, (solo es igual en cuanto a los periodos que optando por moratoria 592/79 aparecen sin deuda), en mi caso es una jubilación pero a pagar en cuotas...
 #100823  por Ishtar
 
Anya, los tiene pagados a esos 15 años??? hummmm, si no pago la moratoria, deberian salir adeudados´...

No recuerdo bien pero entra a afip,ABC preguntas frecuentes, instructivo sicam, creo que ahi salia como proceder con esa moratoria...creo que estaba en ampliación de períodos tratado el tema...

 #101012  por anya
 
Ishtar!! mira..me sale como adeudado 120 meses y como anticipo 5 meses.
No entiendo porque me aparecen en 0 esos 15 años...se de jubilaciones por moratoria que han presentado asi, optando por la moratoria esta y han salido acordadas, pero no se si arriesgarme a eso...ya que si sale mal perderia los cinco mil y pico de pesos que debe pagar al contado...por eso no se :?

Ahh, en preguntas frecuentes me decias?? :roll: ahora me fijo

GRACIASS

 #101040  por RODO-MZA
 
anya escribió:Ishtar!! mira..me sale como adeudado 120 meses y como anticipo 5 meses.
No entiendo porque me aparecen en 0 esos 15 años...se de jubilaciones por moratoria que han presentado asi, optando por la moratoria esta y han salido acordadas, pero no se si arriesgarme a eso...ya que si sale mal perderia los cinco mil y pico de pesos que debe pagar al contado...por eso no se :?

Ahh, en preguntas frecuentes me decias?? :roll: ahora me fijo

GRACIASS
Saludos: por lo que tengo entendido y en base a casos que he presentado la utilización de esa moratoria 592/79, llega hasta ese año, y para el caso que coloques SI en datos para liquidación, no podés usar beneficio alguno en la situación de revista por ese período(debe respetarse integramente ese periodo). Si les da cero mejor. puede deberse a pagos realizados posteriormente y que fueron imputados a ese periodo. Sería bueno consultar en AFIP; pero muchos casos me han salido acordados utilizando dicha moratoria. SUERTE

 #101243  por ramon
 
anya escribió:Gracias por la respuesta Rodo!!
hola anya te paso para que leas esto.


Evento 1225 - MORATORIA 592/79
01/01/2006 12:00:00 a.m.


De haber optado en su momento por la Moratoria 592/79, la información referida a la misma figurará por defecto en el sistema. Al respecto, pueden presentarse dos situaciones:

1- Que el sistema no permita seleccionar una opción (SI - NO): esto podría deberse a que en su momento no se adhirió a dicha moratoria. No obstante, tenga en cuenta que la moratoria puede no estar habilitada debido a inconsistencias, tales como: pago fuera de término, caída de la moratoria, etc. En estos casos, deberá dirigirse a la Dependencia ANSES para verificar su situación.

2- Que el sistema permita seleccionar una opción:

* Si selecciona la opción "SI", los pagos que haya realizado con dicha moratoria, se asignarán a los períodos que en su oportunidad haya incluido en la misma.

* Si selecciona la opción "NO", éstos se imputarán a la deuda más antigua según lo establecido por la RG 643. Tenga en cuenta que sólo podrá aplicar beneficios sobre los períodos incluidos en la moratoria cuando seleccione la opción "NO" . (Considere al respecto lo establecido en el Evento 1049)

Moratoria 592/79

Si el afiliado se encuentra inscripto en la moratoria 592/79 y optó por ésta en forma POSITIVA en la pantalla "DATOS PARA LA LIQUIDACIÓN" del aplicativo SICAM, el autónomo no puede solicitar prescripción, ni renuncia, ni condonación de deuda por el período contemplado en la misma, y por lo tanto se consideraran esos períodos hasta el 30/06/1979 inclusive como computables a todos los efectos previsionales

 #101249  por pmaiarota
 
muchachos:
quedense tranquilos y opten por si o por no depende lo que les convenga.
hay casos que pago 5 cuotas de la moratoria y aparece deuda cero porque pago el total con esos 5 pagos. y hay otros casos que conviene poner que no, porque la deuda de la moratoria 572 que se acogio en su momento, te eleva la deuda porque no pago nada o pago muy poco.
mi consejo es elegir por si o por no de acuerdo a lo que convenga en relacion a la deuda. osea elegir la opcion que menos deuda tire de acuerdo al caso en particular.
solo hay que tener en cuenta dos cosas, una la de no aplicar beneficios en esos periodos y la otra de iniciarla por turno. despues nada mas.
sls.
pablo

 #101262  por Mldt
 
clarísimas las respuestas...gracias!

 #101564  por anya
 
pmaiarota escribió:muchachos:
quedense tranquilos y opten por si o por no depende lo que les convenga.
hay casos que pago 5 cuotas de la moratoria y aparece deuda cero porque pago el total con esos 5 pagos. y hay otros casos que conviene poner que no, porque la deuda de la moratoria 572 que se acogio en su momento, te eleva la deuda porque no pago nada o pago muy poco.
mi consejo es elegir por si o por no de acuerdo a lo que convenga en relacion a la deuda. osea elegir la opcion que menos deuda tire de acuerdo al caso en particular.
solo hay que tener en cuenta dos cosas, una la de no aplicar beneficios en esos periodos y la otra de iniciarla por turno. despues nada mas.
sls.
pablo
si..pago 5 cuotas y me aparecen 15 años en 0 :? ...en fin...sigo para adelante.

Gracias Pablo!!

 #101566  por anya
 
ramon escribió:
anya escribió:Gracias por la respuesta Rodo!!
hola anya te paso para que leas esto.


Evento 1225 - MORATORIA 592/79
01/01/2006 12:00:00 a.m.


De haber optado en su momento por la Moratoria 592/79, la información referida a la misma figurará por defecto en el sistema. Al respecto, pueden presentarse dos situaciones:

1- Que el sistema no permita seleccionar una opción (SI - NO): esto podría deberse a que en su momento no se adhirió a dicha moratoria. No obstante, tenga en cuenta que la moratoria puede no estar habilitada debido a inconsistencias, tales como: pago fuera de término, caída de la moratoria, etc. En estos casos, deberá dirigirse a la Dependencia ANSES para verificar su situación.

2- Que el sistema permita seleccionar una opción:

* Si selecciona la opción "SI", los pagos que haya realizado con dicha moratoria, se asignarán a los períodos que en su oportunidad haya incluido en la misma.

* Si selecciona la opción "NO", éstos se imputarán a la deuda más antigua según lo establecido por la RG 643. Tenga en cuenta que sólo podrá aplicar beneficios sobre los períodos incluidos en la moratoria cuando seleccione la opción "NO" . (Considere al respecto lo establecido en el Evento 1049)

Moratoria 592/79

Si el afiliado se encuentra inscripto en la moratoria 592/79 y optó por ésta en forma POSITIVA en la pantalla "DATOS PARA LA LIQUIDACIÓN" del aplicativo SICAM, el autónomo no puede solicitar prescripción, ni renuncia, ni condonación de deuda por el período contemplado en la misma, y por lo tanto se consideraran esos períodos hasta el 30/06/1979 inclusive como computables a todos los efectos previsionales

Gracias Ramon!!