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  • TASA DE JUSTICIA, cuanto pago?

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 #511299  por DraMaricel
 
Que tal foristas, es un daños y perjuicios, debo pagar la tasa de justicia, como la calculo?=????
Muchisimas gracias
saludso
 #512977  por soyyo1980
 
hola es el 22 por mil del monto reclamado en la demanda. Y tambien tenes que pagar la sobretasa de justicia que la calculás tomando el monto de tasa de justicia, le calculás el 10% y eso pagás de sobretasa.
 #514386  por DraMaricel
 
soyyo1980 escribió:hola es el 22 por mil del monto reclamado en la demanda. Y tambien tenes que pagar la sobretasa de justicia que la calculás tomando el monto de tasa de justicia, le calculás el 10% y eso pagás de sobretasa.
Gracias por contestarme!!--- lo de la sobre tasa de justicia ok.
Ahora, supongamos que la demanda es por $56.000.- no se sacar el 22 x mil... como hago? cuanto me da??
muchas gracias!!! saludos
 #514389  por sole10
 
DraMaricel escribió:
soyyo1980 escribió:hola es el 22 por mil del monto reclamado en la demanda. Y tambien tenes que pagar la sobretasa de justicia que la calculás tomando el monto de tasa de justicia, le calculás el 10% y eso pagás de sobretasa.
Gracias por contestarme!!--- lo de la sobre tasa de justicia ok.
Ahora, supongamos que la demanda es por $56.000.- no se sacar el 22 x mil... como hago? cuanto me da??
muchas gracias!!! saludos
El 22 por mil equivale al 2.2 % del monto a reclamar en la demanda de daños;esto es calculà el 2.2 % de $ 56.000.-
¿No te conviene iniciar un beneficio de litigar sin gastos?
 #514610  por DraMaricel
 
Gracias!!! no me había dado cuenta.... claro.... la tasa 2,2%, sory...
y sí... me parece que es muy bueno el consejo sino, pobre... encima que es un daños... va a terminar pagando un montón de dinero.
Te hago la obvia consulta... si presento ya el beneficio, solicitando radicación en igual juzgado, ok. ahora... eso me suspende el pago de la tasa??? como sería....???
y otra consulta: debo abonar también ius y bono para éste beneficio, cierto??
muchas gracias!
saludos
 #515058  por sole10
 
DraMaricel escribió:Gracias!!! no me había dado cuenta.... claro.... la tasa 2,2%, sory...
y sí... me parece que es muy bueno el consejo sino, pobre... encima que es un daños... va a terminar pagando un montón de dinero.
Te hago la obvia consulta... si presento ya el beneficio, solicitando radicación en igual juzgado, ok. ahora... eso me suspende el pago de la tasa??? como sería....???
y otra consulta: debo abonar también ius y bono para éste beneficio, cierto??
muchas gracias!
saludos
Estimada Maricel:
Si ya iniciaste la demanda reclamando daños y perjuicios,la eventual concesión del beneficio de litigar sin gastos,tendrá efectos desde el momento de la presentación del mismo,no desde que se interpuso la demanda principal ¿Se entiende?
No sé en qué etapa estará el daños,si fue iniciado pero no se corrió traslado de la demanda,tal vez se suspenda el plazo y/o intimación a abonar la tasa y sobretasa de justicia (tendrás que preguntar en el juzgado,porque cada uno tiene su criterio al respecto).
Y para iniciar BLSG,suele ser suficiente presentar Bono Ley 8480 (pero hay juzgados que tambien solicitan anticipo de Ius Previsional).

Saludos !!!!
 #976599  por alejandra01
 
me engancho acá...cuanto regulan de honorarios en un BLSG? por ej. para no pagar alta tasa de justicia en una demanda de 120.000...hago beneficio...Pero quisiera saber si los honorarios que se regulan tiene que ver con esa demanda de daños o la regulación es independiente...gracias
 #976619  por Squonk
 
Hola como estás?
En el BLSG la base regulatoria estaría integrada por la tasa de justicia, honorarios y los gastos que debería haber efectuado el peticionante del beneficio.
 #976942  por alejandra01
 
Hola Squonk!...que bueno que me respondiste... *abrazo*
entonces no sería muy alta si no hace demasiado gasto porque ningún oficio se paga...y la tasa no superaría en mi caso los 3000 pesos...cuanto pueden regularte?...600 pesos :oops: ?...es en Provincia de Bs As.
si regulan eso hago un convenio obviamente......
Squonk escribió:Hola como estás?
En el BLSG la base regulatoria estaría integrada por la tasa de justicia, honorarios y los gastos que debería haber efectuado el peticionante del beneficio.
 #1475000  por NICOGUS241
 
Que lindo contar con este lugar donde hasta lo mas elemental se contesta. Esto demuestra lo importante que son las matematicas y me arrepiento de no haber sido mas atento con ellas. Estube por horas buscando como se calcula el 22por mil para cumplir con la tasa de justicia. si bien hay una calculadora en internet, es lindo saber como se hacen los calculos por uno mismo. Muchas Gracias por esta valiosa respuesta que aparece despues de horas de andar investigando como se hace esta cuenta.