Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • PRIMERA SUCESION

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #473235  por alejandra01
 
hola chicos. Nunca inicié una sucesión en provincia de Bs.As.,y ya leí todos los post.
Necesito llegar a la declaratoria de herederos, porque mis clientes quieren cobrar el seguro de vida obligatorio por el fallecimiento de su padre en instancia laboral
El tema de los formularios y todo eso ya lo ví. El tema de las tasas de justicia no me queda claro, porque en realidad no necesito declarar los montos laborales que reclamo sino la declaratoria de herederos sin ningún bien mencionado.
Me dan una idea de que debo pagar y cuanto puedo cobrar por honorarios en el caso de que no se declaren bienes?. al menos háganlo por mp.
Gracias.
 #473354  por estudiolaw
 
Por lo que entiendo necesitás la declaratoria de herederos para tener legitimación en el juicio laboral, entonces llegá hasta la declaratoria de herederos y no pagues nada pedí testimonio de la declaratoria para ser presentado en el expediente laboral, cuando tengas un monto para percibir ahí sí vas a tener que pagar la tasa y sobretasa, sobre ese monto.
 #474071  por alejandra01
 
en realidad no para tener legitimación, porque los actores son los hijos del difunto. Lo que necesitan ellos es presentar la declaratoria para que el juez en el expediente laboral le ordene al empleador pago de los rubros dif salariales y seguro de vida obligatorio...
 #474446  por estudiolaw
 
No se declaran bienes, pero si una deuda hacia el causante que pasa a sus herederos, vas a tener que inicar la sucesión, solicitar declaratoria de herederos, para iniciar tenés gastos para publicar edictos ( no recuerdo pero creo que serán aproximadamente $ 75) más ius y bono, oficio a la caja de previsión social que ahora en una gestoría pedís el formulario y lo llenás que creo que sale $ 15 el diligenciamiento. Luego tenés la tasa de justicia y sobre tasa que es el 2,2 % del monto más el 10 %. Honorarios calculá aproximadamente un 10 % del monto que se denuncia par apercibir, más el 15 de aporte 10 de tu lado y 5 que lo abona tu cliente. Una vez que tenés la declaratoria solicitás el testimonio. Te llevará aproximadamente 3 meses. Suerte. ( mi duda es si en el monto del seguro deberás abonar la tasa y sobre tasa, pero eso lo preguntás en el juzgado)
 #475756  por alejandra01
 
gracias por toda la información!!!!.
Igual sigo con la siguiente duda: si yo quiero hacer la declaratoria sin denunciar bienes ni créditos porque no se inscriben, y solo a los efectos de conocer quienes son los herederos del difunto...Entonces no tengo que pagar tasa y sobretasa!!!...
Supongan un caso en que yo quisiera hacer un sucesorio para llegar a una declaratoria porque me lo piden PORQUE SÍ, sin existir bienes de ningún tipo....Sería este caso...son créditos laborales sobre los que no se debe pagar tasa y sobretasa. Mi laboral será por diferencias salariales y cobro de pesos que quieren hacer los hijos del difunto...
Me parece a mí no se...
:roll: