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  • Enfermedad Profesional - Tramite ante la CM

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #28841  por Drako
 
Hola a todos,
Buscando información en Google, encontré este magnifico lugar; ya leí muchos post que me sirvieron mucho, y quiero felicitar a todos porque me parece que saben muchísimo de Derecho Laboral. Lo que no es mi caso, ya que me recibí hace muy poco.
La semana pasada tuve una consulta laboral, bastante particular por la cual se me están presentando mil dudas, no en cuanto a cuestiones de fondo que en eso dentro de todo poniéndose las pilas y leyendo la normativa es suficiente, sino en el orden práctico.
Mi cliente trabaja en un call center (ingresó el 20-03-06) y desde hace unos meses no puede trabajar porque está en una situación limite, re mal de salud, tiene zumbidos en los oídos y problemas psiquiátricos. La empresa denunció la situación ante la ART pero ésta desconoció el carácter profesional de la enfermedad y lo mandó a la Obra Social, el tipo impugnó ese dictamen ante la Comisión Médica. La semana pasada se produjo el dictamen de la CM: desfavorable, niegan toda enfermedad “objetivable” en los términos de la LRT.
Según los médicos particulares esta persona no puede volver a trabajar y tiene una enfermedad de índole profesional, esta semana vamos a tener el dictamen del médico legista.
El trámite por el cual hubo dictamen de la CM fue mal iniciado, porque al ser por enfermedad no listada debería haberse acompañado informe de médico legista.
Ahora mi duda es si tengo que apelar ese dictamen ante la CM central y adjuntar el informe del médico, o si inicio otro expediente, según el procedimiento correcto?
Si hago lo segundo sin apelar el que fue mal iniciado antes, esto no me iría en contra?.
O me convendría directamente ir a la justicia y plantear la inconstitucionalidad (hay jurisprudencia en ese sentido) del procedimiento ante las CMs
Alguien tuvo alguna experiencia en este tema?

 #28908  por mafeci11
 
El dictamen de la comision medica es apelable dentro de los 10 dias de recibida la notificacion.
Yo, por lo que contás, lo apelaria y ahi acompañaria la docuemntacion de tu cliente.
Si vas a juicio directamente creo que tenes dos dcitamenes que te corren en contra: la ART y la Comision medica... dificil... trata de conseguir incapacidad por Comision medica y con ese dictamen ir a la justicia...

 #28915  por barney
 
mafeci11 escribió:El dictamen de la comision medica es apelable dentro de los 10 dias de recibida la notificacion.
Yo, por lo que contás, lo apelaria y ahi acompañaria la docuemntacion de tu cliente.
Si vas a juicio directamente creo que tenes dos dcitamenes que te corren en contra: la ART y la Comision medica... dificil... trata de conseguir incapacidad por Comision medica y con ese dictamen ir a la justicia...
Recorda quuela apelacion puede ser presentada dentro del plazo antes señalado por medio de carta donde se toma como fecha el timbrado de expedicion del correo op presentada peronalmente ante la comision medica central calle Moreno no me acuerdo numero, te conviene presentar la apelacion con la ayuda de un medici laboralista