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  • CLASIFICACIÓN DE TRABAJOS EN SUCESIÓN. DUDAS

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #422044  por gaston ramiro gonzalez
 
Javibar : esperá que alguien te pase el modelo, yo ya te respondí acerca de quien tiene que hacer la clasificación : el interesado : o sea, vos.
Chiqui : yo tampoco había entendido lo de Doncella ( sobre todo teniendo en cuenta que lo dijo como " al pasar ", ja, ja ), ahora lo aclaró pero sigo sin entender, entonces, porqué el Juzgado me ordena notificar a una colega, que, como dije, tuvo su última participación hace más de 15 años. Le aclaro a a Doncella que en realidad no hubo ni renuncia ni revocación del patrocinio, simplemente la " sustituí " muchos años después ( yo no lititgo en provincia, pero sé que las obligaciones para con el otro colega se hacen cumplir más estrictamente que en Capital, dónde la simple " sustitución " sin notificar al colega, se tolera ). Otra aclaración :Ninguna de las letradas a notificar había pedido regulación en el expte. Aporta algo todo esto para una nueva opinión, entonces ? Saludos.
 #422169  por chiqui79
 
Donce: gracias por la informacion, te juro que no tenia ni idea de esa prescripcion. Buenisimo saberlo.
Gaston, entonces que te pidan notificar a estas profesionales que renunciaron hace 15 años para mi es injustificado, yo interpondria una revocatoria y con esos argumentos que te dio Doncella solicitando vaya para atras el traslado conferido. Tirat el lance, pero hablalo con el secretario los argumentos.
 #422304  por Doncella_de_Orleans
 
gaston ramiro gonzalez escribió:Javibar : esperá que alguien te pase el modelo, yo ya te respondí acerca de quien tiene que hacer la clasificación : el interesado : o sea, vos.
Chiqui : yo tampoco había entendido lo de Doncella ( sobre todo teniendo en cuenta que lo dijo como " al pasar ", ja, ja ), ahora lo aclaró pero sigo sin entender, entonces, porqué el Juzgado me ordena notificar a una colega, que, como dije, tuvo su última participación hace más de 15 años. Le aclaro a a Doncella que en realidad no hubo ni renuncia ni revocación del patrocinio, simplemente la " sustituí " muchos años después ( yo no lititgo en provincia, pero sé que las obligaciones para con el otro colega se hacen cumplir más estrictamente que en Capital, dónde la simple " sustitución " sin notificar al colega, se tolera ). Otra aclaración :Ninguna de las letradas a notificar había pedido regulación en el expte. Aporta algo todo esto para una nueva opinión, entonces ? Saludos.
Y bueno, sencillo, porque para el juzgado (igual que para las letradas) siguen con el juicio aunque no presenten nada. POr qué? Porque no renunciaron y porque nadie les revocó el patrocinio :o
Qué es eso de "simplemente la sustituí"??? QUien te dijo que la "simple sustitución" (que no se qué es) sin notificar al colega se tolera? La tolera el que no se entera. Pero contame si vos tolerarías que en un expte que estás llevando y que hace 15 años no se mueve (a todo esto vos no sabés por qué no se mueve, ojo lo que te dice tu cliente) un día veas que sigue con otro abogado y vos ni noticia??? :evil: :evil:
Si, aporta, en que como no dejaron de ser patrocinantes, todavia pueden pedir regulación...y hay que pagarles. Y rezá que no se te vengan encima.
 #422307  por Doncella_de_Orleans
 
chiqui79 escribió:Donce: gracias por la informacion, te juro que no tenia ni idea de esa prescripcion. Buenisimo saberlo.
Gaston, entonces que te pidan notificar a estas profesionales que renunciaron hace 15 años para mi es injustificado, yo interpondria una revocatoria y con esos argumentos que te dio Doncella solicitando vaya para atras el traslado conferido. Tirat el lance, pero hablalo con el secretario los argumentos.
No, no renunciaron. SIguen siendo abogadas en ese juicio.
O cuando nosotros llevamos un caso con firma de dos letrados, los escritos se presentan con la firma de los dos, algunas veces de uno, otras veces de otro...
 #422317  por chiqui79
 
si gaston ... porque te manejas asi y pretendes desplazar a las colegas en la percepcion de los honorarios que devengaron producto de su trabajo???
No entiendo, preocupate por tus honorarios. Los de ellas tb merecen ser pagados. Coincido totalmente con Doncella.
De la lectura de todos los post surge que permanentemente evitas notificarlas de las cuestiones que por derecho le corresponden saber. Para mi le van a regular y si ellas intervinieron desde hace 15 años, hicieron una buena parte del trabajo que merecen cobrar. Distinto es el supuesto de considerar que la clasificacion esta mal hecha sobre lo que te asiste derecho de oponerte por entrar en juego tus honorarios, pero el trabajo de ellas esta realizado y debe pagarse.
Ni siquiera te comunicaste telefonicamente con ellas para avisarles que te presentabas????
 #422319  por chiqui79
 
Aclaro que a lo largo de todo el posteo yo siempre pense que representaban a herederos diferentes, he aqui mi indignacion actual al enterarme que encima que te presentas sin revocar patrocinio (ni avisarle al colega) todo esto lo consultas para lograr que tu cliente no les pague a las anteriores y te pague a vos todo no???
recien ahora me entero que eran los mismos herederos con distintos patrocinios.
Queria aclararlo.
 #422321  por Doncella_de_Orleans
 
No creo que gastón pregunte para no pagarle a las otras letradas. Pero ya tiene la respuesta a su pregunta para qué notificarlas.
Hasta cuando se muere el abogado (que no renunció ni fue revocado sino que se murió) el cliente al designar a otro tiene que denunciar el fallecimiento de su letrado.
 #422330  por Doncella_de_Orleans
 
Tampoco le pagarían TODO a él, ya que sólo se paga lo que uno hace. De última paga el cliente, a uno por haber hecho todo, o a tres por haber hecho cada uno una etapa por ejemplo. Lo que me preocupa es la reacción de las otras abogadas, no sólo si el cliente eventualmente no quisiera pagarles su parte sino porque también ellas pueden haber puesto en stand by el juicio por alguna razón (el cliente no les pagaba de a poco como lo convinieron, o el cliente le dijo que no podia gastar más por ahora y que suspenda por un tiempo, o vaya uno a saber qué). Lo que sea, el juicio lo patrocinaban ellas. POr ahi todavia estan esperando continuarlo...
 #422341  por chiqui79
 
SI, QUIZAS ME EXCEDI GASTON EN JUZGARTE. DISCULPAS ANTICIPADAS SI FUE ASI.
Doncella: si lo raro es que se haya abandonado asi una sucesion, quizas las abogadas habian acordado algo con el cliente que no se cumplio. Igual me parece raro que le haya pretendido cobrar faltando hacer algo en el sucesorio (que estimo que es asi porque gastón intervino durante 3 años). Quizas hubo desacuerdos entre los herederos y por eso SE ABSTUVIERON DE CONTINUAR... pensando que si otro se presentaba las notificarían. Lo que es seguro... es que estan esperando cobrarlo. SEGURISIMO. Que raro que el juzgado cuando se presento con nuevo patrocinio no pidio aclarar la situacion de las patrocinantes anteriores, o notificarlas. Aca te ordenan traslado de todo cuando constituis nuevo patrocinio y si no queda claro te lo preguntan. Por eso, es importante comunicarse antes de intervenir para no quedar mal parado.
Yo estoy en Mar del Plata y nos conocemos todos, siempre te vuelve a tocar el colega y te a gustar que se maneje bien con vos.
Y encima ya estan prescriptos... que bronca!!!! nosotros perdemos siempre. Yo si fuera Gaston no le digo nada al cliente... por compañerismo vio??? 8)
pero... queda a su criterio.
 #422345  por Doncella_de_Orleans
 
chiqui79 escribió:SI, QUIZAS ME EXCEDI GASTON EN JUZGARTE. DISCULPAS ANTICIPADAS SI FUE ASI.
Doncella: si lo raro es que se haya abandonado asi una sucesion, quizas las abogadas habian acordado algo con el cliente que no se cumplio. Igual me parece raro que le haya pretendido cobrar faltando hacer algo en el sucesorio (que estimo que es asi porque gastón intervino durante 3 años). Quizas hubo desacuerdos entre los herederos y por eso SE ABSTUVIERON DE CONTINUAR... pensando que si otro se presentaba las notificarían. Lo que es seguro... es que estan esperando cobrarlo. SEGURISIMO. Que raro que el juzgado cuando se presento con nuevo patrocinio no pidio aclarar la situacion de las patrocinantes anteriores, o notificarlas. Aca te ordenan traslado de todo cuando constituis nuevo patrocinio y si no queda claro te lo preguntan. Por eso, es importante comunicarse antes de intervenir para no quedar mal parado.
Yo estoy en Mar del Plata y nos conocemos todos, siempre te vuelve a tocar el colega y te a gustar que se maneje bien con vos.
Y encima ya estan prescriptos... que bronca!!!! nosotros perdemos siempre. Yo si fuera Gaston no le digo nada al cliente... por compañerismo vio??? 8)
pero... queda a su criterio.

Por ahi acordaron ir pagando de a poco a cuenta de regulación o un monto fijo mientras se hacia la sucesión y dejarlo de hacerlo. No, no están prescriptos porque siguen estando en el juicio aunque no firmen.
 #422357  por chiqui79
 
entonces no se hable mas!!!!!! clasificacion de tareas, traslado a todas las partes y cobran todos en funcion de la labor desarrollada. Buenisimo!!!!!!!
Y gaston controla que te pongan bien en la clasificacion tu trabajo desarrollado.
 #422607  por mechi2008
 
Pero, miren uds. que siempre leyendo otros casos me vienen dudas propias.
Creo que los dos años desde que cesó en el patrocinio, es para cuando se pretende cobrarlos al cliente en juicios controvertidos, pero no corren para la parte condenada en costas (estoy con un tema de esos) en ese caso, la condenada en costas los debe abonar, con lo cual los dos años son desde que termina el juicio por sentencia o transacción.
En el caso de las sucesiones, creo yo sin estar segura, al ser un proceso especial (sin condenado en costas) se aplicaría la regla de los dos años desde que se termina el juicio, y en este caso sucede con la inscripción de todos los bienes que eran del causante. Y en provincia, no se ordena la inscripción sin estar regulados y abonados los honorarios. No estarían prescriptos...opino...
 #422834  por gaston ramiro gonzalez
 
Hola. Pensaron que no iba a defenderme de tan duras acusaciones, ja, ja ?. Antes que nada les aclaro que me alegra que un tema planteado por por mí genere este debate, que sin dudas para mí es enriquecedor y del que aprendo mucho. Si cometí errores ? Por supuesto. Fue de los primeros trabajos que tuve . Básicamente, el de no haber exigido a mi clienta revocar el patrocinio previamente o, al menos haber notificado yo a la colega anterior. Todo esto sin ninguna voluntad de perjudicar a nadie. Probablemente, por haber seguido una mala práctica que ví infinidad de veces, y que acá, en Capital, pocas veces se sanciona ( por eso en un post hice la distinción con lo que pasa en Pcia. ).Esto es coincidente con la extrañeza de chiqui acerca de que el Juzgado no manda " aclarar la situación de las patocinantes anteriores ". NO, no se hace. Doncella intuyó la falta de mala fe en mi planteo. Vos, chiqui ( a quien valoro por haberme respondido con conocimiento varios post ), te indignaste mucho, tal vez porque yo no expliqué el desarrollo de los hechos, que demuestran que mi único objetivo era la regulación por MI trabajo, sin querer perjudicar a las otras abogadas ( conclusión a la que vos, chiqui, finalmente y después del enojo, llegás, ya que nadie me va a regular por el trabajo hecho por otros ).Segurísima de que estaban esperando cobrar ? Mmmm...Les cuento los hechos, MUY brevemente : Es una maraña de sucesiones acerca de las cuales planteé muchas otras dudas acá. Las " principales " ( son dos acumuladas, donde pedí los famosos honorarios ) son del año 90. Acuerdo particionario entre mi clienta, dos sobrinos ( hermanos entre sí ), por un lado, y otra sobrina por el otro. Se adjudicaban a cada uno una de las tres U.F del inmueble del acervo.La letrada A participó hasta el año 94, momento en el cual los dos hermanos vendieron su unidad por tracto ( lo que me hace presumir que la profesional venía de parte de ellos ). Desde ahí hasta el 05 interviene la colega B ( NO hay renuncia ni revocación respecto de A ). Si les genera curiosidad saber que pasó esos más de diez años con el expediente, con gusto un día les hago un resumen ( miles de paralizaciones y archivos ). B termina su intervención después de que la sobrina de mi clienta vende, tb por tracto, su unidad ( acá SÍ me consta que ella era " su " abogada ). Intervengo al final yo ( Soy el " C ", de CARLITOS, el gil que agarró este bolonqui ! ). Detalle : comencé en sep. de 2006, y cuando fui a ver por primera vez el Expte., saben quien lo tenía ?... el Escribano de la última venta, desde julio del año anterior !Mi objetivo : inscribir D.H y acuerdo sobre la unidad adjudicada a mi clienta ( esto fue muuucho más complejo, pero no viene al caso ). Terminé y pedí honorarios. Me mandaron clasificar. Lo hice, me mandan notificar. Ahí planteo me duda. Volvemos al principio de la historieta, entonces. Aclaración : de A no tengo idea, pero B sabe perfectamente de mi intervención ( más allá de no estar debidamente notificada, lo sé ). Les parece que, más alla del error admitido, estoy queriendo perjudicar a alguien ?. les faltó tiempo para solicitar ellas sus honorarios ?. Me cansé. Espero haberles aclarado el panorama. Y les vuelvo a decir que su intervención es siempre enriquecedora. Un saludo cordial a ambas.
 #422934  por JAVIBAR
 
A los mas experimentados los encargo un modelo de clasificación, igual yo solo presenté el escrito ampliando cuerpo de bienes...

tengo que notificar a la otra abogada o la clasificación de los trabajos de ella la hace el juez?, ella llego hasta la declaratoria y ademas incorporo al cuerpo de bienes una propiedad.

Muchas Gracias
 #423363  por chiqui79
 
Gaston, no se si lo viste pero por las dudas lo reitero, PERDONAME por prejuzgarte, a veces por este medio uno mal entiende las cosas.
Si vos hiciste la clasificacion de tareas y les diste traslado no estas perjudicando a nadie. Vos no tenes la obligacion de luchar por sus derechos, ellas deben presentarse en expediente. Con respecto a la falta de notificacion, todos cometimos errores cuando arrancamos, lo bueno es aprender de ellos, y veo que vos lo hiciste.
Creo que te enroscaste mas de lo obligatorio, jajja (me parece que con la calsificacion y el traslado ya esta hecho correctamente tu trabajo).
En cuanto a los primeros post, la razon de notificar a las anteriores letradas (sean de tu cliente o de otros herederos) es porque hay trabajos comunes que realizaron todos y previo a la inscripcion hay que regular honorarios de todos y por ello resultan interesadas.
Uff ya me perdi. Quedo algo en duda???

Un abrazo y perdon los excesos que cometi.