Tengo el caso de una persona que tiene un PAGO que figura en el SIJP como monotributista (en el año 2007);
Ese año no se puede incluir en el SICAM y prescribirlo porque el sistema no lo permite. La Anses me tomo el tramite hoy y me citaron para resolver el inconveniente. Ellos dicen que la AFIP puede hacer que incluya ese mes en la situacion de revista para que yo lo pueda prescribir; cosa que no se puede segun me informaron hace instantes en AFIP, ya que no se puede inscribir retrocativamente a la persona para que sea monotributista en esa fecha (y asi prescribir el pago),
Ahora bien, segun tambien advierte la AFIP ese pago figura revertido (es decir desafectado, no pagado), y segun ven en la sabana de Anses, alli tambien figura desafectado el pago con el Cod. AUR,
Lamentablemente hoy me dieron de baja el plan SICAM, con lo cual la persona (en caso de que me tomen el nuevo tramite que a mi criterio fue un error de ANSES) debe pagar otra vez la 1º cuota, ¿existe forma de que no la pague?
¿Se les ocurre alguna alternativa?, Segun ANSES si o si ese periodo debe figurar en la Situacion de Revista y debe estar prescripto.
Dejo aclarado que no se utilizo ese pago como mes aportado y si se lo utilizò a los fines de tomar la DJJ del art. 3º.
Ese año no se puede incluir en el SICAM y prescribirlo porque el sistema no lo permite. La Anses me tomo el tramite hoy y me citaron para resolver el inconveniente. Ellos dicen que la AFIP puede hacer que incluya ese mes en la situacion de revista para que yo lo pueda prescribir; cosa que no se puede segun me informaron hace instantes en AFIP, ya que no se puede inscribir retrocativamente a la persona para que sea monotributista en esa fecha (y asi prescribir el pago),
Ahora bien, segun tambien advierte la AFIP ese pago figura revertido (es decir desafectado, no pagado), y segun ven en la sabana de Anses, alli tambien figura desafectado el pago con el Cod. AUR,
Lamentablemente hoy me dieron de baja el plan SICAM, con lo cual la persona (en caso de que me tomen el nuevo tramite que a mi criterio fue un error de ANSES) debe pagar otra vez la 1º cuota, ¿existe forma de que no la pague?
¿Se les ocurre alguna alternativa?, Segun ANSES si o si ese periodo debe figurar en la Situacion de Revista y debe estar prescripto.
Dejo aclarado que no se utilizo ese pago como mes aportado y si se lo utilizò a los fines de tomar la DJJ del art. 3º.
