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 #313903  por dorado
 
AMIGOS/AS FORISTAS: CUAL ES EL PLAZO QUE TENGO PARA INICIAR DEMANDA?.
NOTIFIQUE LA MEDIACION PRIVADA 10 DIAS ANTES DE LOS 2 AÑOS, LA MEDIACION SE CERRO EL 29/12/2008.
GRACIAS.
 #314454  por catalina2008
 
Buenas,

Me parece que lo mas importante a tener cuenta es que la mediación suspende el plazo de la prescripción x 1 año y x una sola vez ( o el plazo menor que corresponda).
La Ley de mediación te remite al 3986 del Codigo Civil.
Para mi no es relevante cuando se cerró la mediación.

espero te haya servido

saludos

cata
 #314707  por dorado
 
Ante todo, agradezco tu respuesta. El tema esta desarrollado en distintos post y, lo mas importante, la ley hace referencia al tema. Lo que ocurre es que no me queda claro "cual es el plazo menor" y nadie me lo sabe explicar. No se si soy claro. Si el plazo se suspende por un año o por un plazo menor,entonces cual es el plazo menor?
Slaudos, y gracias.
 #316217  por catalina2008
 
Hola,

Se refiere al plazo menor de prescripción, hay varios casos en el código civil de prescripciones de menos de un año.
Ejemplo, prescripción de seis meses, aca la suspensión sería x ese lapso, no x un año.
El artículo 3986, es bastante claro.

Recordá que esta interpretació no es unáime.

Te recomiendo que ante la duda, inicies la demanda, y así INTERRUMPIS, y te quedas re tranquilo

espero te haya servido

saludos
 #327108  por dhabogada
 
Hola, yo tenia entendido que con la mediacion suspendes la prescripcion por un maximo de un año, y el termino menor es lo que dura la mediacion.. o sea que finalizada... vuelve a correr el plazo...
 #327522  por catalina2008
 
Hola,

Sí, claro, al ser suspensión, trascurrido el plazo, se retoma de nuevo.

saludos

catalina