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  • AUTO DE EMBARGO DE SALARIO. QUÉ PLAZO ?

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 #301415  por gaston ramiro gonzalez
 
Hola a todos. Pregunto : En una ejecución de honorarios, pedí embargo sobre el salario del ejecutado, y éste se me proveyó, pero sin un plazo para que la empleadora del mismo lo haga efectivo. Ya diligencié el oficio. Tendría que haber silicitado antes que se estableciera expresamente dicho plazo ? En todo caso, éste cual es ? Muchas gracias.
 #314167  por gaston ramiro gonzalez
 
Hola, vuelvo otra vez sobre el tema porque me surgió otra duda. Una vez diligenciado el oficio de embargo, la empleadora del ejecutado necesita algo más para cumplir con la medida ? Porque el último párrafo del proveído de la traba dice : " Acreditada la traba del embargo, cítese de venta al ejecutado a fin de que en el término de 5 días oponga ......bajo apercibimiento de ejecución ( 505 y 508 CPCCN ). Notifíquese ". Si el embargo estéá trabado, qué es la ejecución ? El " Notifíquese ", para qué ? Si alguien , suscintamente, me puede explicar el procedimiento, se lo agradecería. Confusión total. Un abrazo.