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  • accidentes de trabajo - alguien sabe algo??

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 #1081  por gustavo
 
hola: se que hay que agotar la via administrativa , por ende ir al seclo. lo que no entiendo es: cuando planteo la inconstitucionalidad del art.39 y donde continuo si en laboral o tengo que ir al fuero cicivl con la constancia de fracaso del seclo??? me ayudan . gracias

 #1109  por estese a lo proveido
 
la inconstitucionalidad formal de una norma, solo podes plantearla en una demanda. en el seclo, es imposible o mejor dicho no tiene sentido, sin perjuicio de que podes mencionarla.
al respecto, para evacuar tus dudas te sugiero leas fallo "aquino", CSJN del 24 de septiembre de 2004.

 #1111  por gustavo
 
pense lo mismo pero , el tema de mencionar la inconstitucionalidad de la 24557 , es en el seclo ( que es donde se agota la via administrativa) se menciona la inconstitucionalidad por que sino la competencia para los accidentes seria la que rige en la 24557. entonces en el mismo form. del seclo debes plantearla.
si despues de la conciliacion no llegas a un acuerdo , te presentas en el fuero del trabajo con la constancia de fracaso de cons. y continuas el reclamo por el fuero del trabajo.
lei el fallo aquino varias veces ... pero apunta a la inconstitucionalidad del derecho profundo , mas no al prodedimiento a seguir posterior al dictadod e dicha incostucionalidad. al igual muchisima gracias por tus comentarios . todo ayuda!!!. saludos y a tus ordenes