Me podrían decir si luego de comunicada la sanción disciplinaria, si el sancionado pide por escrito COPIA de las actuaciones, este pedido suspende el plazo de 10 días hábiles para interponer el recurso? Si la copia se la entregan una vez vencido el plazo de los 10 días hábiles, se tiene que reiniciar el plazo a partir de ahí?. Qué falta comete el funcionario público que labra una actuación para establecer responsabilidades disciplinarias y no observa lo establecido en el Reglamento de Investigaciones Administrativas?. (Aclaro que esto es en provincia BS. AS.)