El caso es el siguiente:
Hay dos leyes que incorporan a sueldo dos conceptos no remunerativos y un decreto que incorpora otro. (es decir no realiza aporte y no bonifica el resto de los componentes del sueldo). He leido jurisprudencia que reprueba esta forma del Estado de sustraerse del pago de sus obligaciones además de perjudicar las cajas de jubilaciones y consecuentemente la jubilación a la larga.
Ahora bien: ¿debo iniciar la vìa adminstrativa? ¿las leyes solo son cuestionables por constitucionalidad por la vía de amparo? ¿el decreto exige sí o sí que reclame previamente en sede administrativa?
Gracias.
Hay dos leyes que incorporan a sueldo dos conceptos no remunerativos y un decreto que incorpora otro. (es decir no realiza aporte y no bonifica el resto de los componentes del sueldo). He leido jurisprudencia que reprueba esta forma del Estado de sustraerse del pago de sus obligaciones además de perjudicar las cajas de jubilaciones y consecuentemente la jubilación a la larga.
Ahora bien: ¿debo iniciar la vìa adminstrativa? ¿las leyes solo son cuestionables por constitucionalidad por la vía de amparo? ¿el decreto exige sí o sí que reclame previamente en sede administrativa?
Gracias.
Fabian