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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1475762  por Lan
 
Claro por eso no entendía! nunca me dieron turnos rápidos jajaj tengo para fines de octubre con lo cual desestimar ese para ver si me sale algo antes y después volver a pedir va a ser peor que hacer todo el mismo día! Muchas gracias PREV!
 #1475768  por Lan
 
Hola a todos!! Me quedaron dos dudas armando toda la carpeta: 1) Mario me dice que puedo usar art 3 Ley 24.476, pero como tiene aportes 2006 seria solo un año. Según vimos como ese pago no esta en el PUC y es de $ 8 leí que dice intereses, por lo que me aconsejaron borrarlo. En ese caso igual el art 3 es por un año? y 2) Respecto de las actas de nacimiento de sus dos hijos: Las dos son digitales y una aparece la Libreta Cívica de ella idem hoy DNI pero otra aparece su cedula de identidad (que la conserva en original) hay algún problema con esto? MUCHAS GRACIAS!!!!!
 #1475970  por Lan
 
Hola a todos! me quedo esta duda, gracias!!! 1) Mario me dice que "puedo usar art 3 Ley 24.476, pero como tiene aportes 2006 seria solo un año". Según vimos como ese pago no esta en el PUC y es de $ 8 leí que dice intereses, por lo que me aconsejaron borrarlo. En ese caso igual el art 3 es por un año? y 2) Respecto de las actas de nacimiento de sus dos hijos: Las dos son digitales y una aparece la Libreta Cívica de ella idem hoy DNI pero otra aparece su cedula de identidad (que la conserva en original) hay algún problema con esto? MUCHAS GRACIAS!!!!!
 #1476013  por Lan
 
Hola colegas! Buen día! alguien me puede ayudar por favor con la ultima consulta que hice arriba sobre el art 3 Ley 24.476 por favor, tengo el turno en poquitos dias. Muchas gracias!!!!! *cafe*
 #1476028  por Lan
 
Hola Prev! esto que les consulto arriba. Aca te copio: Hola a todos! me quedo esta duda, gracias!!! 1) Mario me dice que "puedo usar art 3 Ley 24.476, pero como tiene aportes 2006 seria solo un año". Según vimos como ese pago no esta en el PUC y es de $ 8 leí que dice intereses, por lo que me aconsejaron borrarlo. En ese caso igual el art 3 es por un año? y 2) Respecto de las actas de nacimiento de sus dos hijos: Las dos son digitales y una aparece la Libreta Cívica de ella idem hoy DNI pero otra aparece su cedula de identidad (que la conserva en original) hay algún problema con esto? MUCHAS GRACIAS!!!!!
 #1476029  por PREV86
 
pero si ese pago de intereses de 2006 es equivocado
esta señora NO tiene inscripción
NUNCA fue autónoma

tenés que quitarlo de la liquidación

el art 3 de la 24476 te permite ahorrar unos pesos en el plan de moratoria

este plan sale menos que un sólo mes de la moratoria actual
que te vas a ahorrar ?

en el caso de esta señora podrias aplicar 7 años
por ejemplo si haces el plan hasta 12/1990
en Beneficios EN LA situacion de revista podes usar el art 3 por 7 años

pones 01/1984 12/1990 art 3 24476

son 7 si el último aporte es hasta 1995
6 años si el ultimo aporte está en 1997
5 1999
4 2001
3 2003
2 2005
1 2007
el SICAM te toma como años de servicio el total del plan
y como años de aportes los años menos que descontás

pero es muy poca plata la diferencia
 #1476037  por Lan
 
Ay Prev. PERDON pero me hice lio ahora. Como harías en este caso entonces con la situación de revista y aplicación de moratoria?? Así ya lo armo para el turno. Muchas Graciasss *flor*
 #1476039  por PREV86
 
1 Quitá de la liquidación el pago de intereses AUT del 2006
ese pago está imputado a esta señora por error
la señora NO TIENE INSCRIPCIÓN
Nunca fue autónoma

NO lo coloques en la situación de revista
entrá en la solapa del SICAM Ingreso de Pagos Faltantes y eliminalo
de la liquidación

2 hace la situación de revista
desde marzo de 1968 hasta lo que te parezca, por ejemplo 12/1990
sumandole los hijos y el exceso de edad que es de casi 7 años
fijate de llegar a 30 años de aportes

así que si pones 12/1990 como último mes de la moratoria

en Beneficios si querés podes aplicar hasta 7 años por art 3 de la 24476

la situación de revista seria
03/1968 12/1990

en Beneficios

sería de 01/1984 a 12/1990 art 3 ley 24476

significa que la señora va a tener una moratoria de 22, 23 o 24 años
pero va a pagar 7 años menos


en la practica son unos pocos pesos

tené en cuenta que esta moratoria es muy barata
lo que descuenta es muy poco

en ANSES he tenido problemas con esto
suelen desconocerlo ese beneficio y te salen con que faltan 7 años
yo no lo pondría
hace lo que te parezca

La señora es pensionada
tiene que pagar la moratoria de contado
 #1476047  por Lan
 
Perfecto Prev!!!! saco art 3 quiero ir tranquila y a lo seguro!! Gracias! Ultima duda respecto de las Actas de Nacimiento (digitales) de los hijos: Respecto de las actas de nacimiento de sus dos hijos: Las dos son digitales y una aparece la Libreta Cívica de ella idem hoy DNI pero otra aparece su cedula de identidad (que la conserva en original) hay algún problema con esto? MUCHAS GRACIAS!!!!!
 #1476048  por PREV86
 
En eso dependés mucho del criterio que adopten en la UDAI
En algunas te toman certificado de nacimientos o libreta de matrimonio
y hay otras que sólo te toman las partidas originales o GEDO
El que en lugar del DNI esté la libreta cívica o la cédula de identidad
podría traerte problemas para cargar los hijos

me pasó de todo con este tema
una vez llevé 4 partidas,en 3 decían los dos nombres de la señora
y en una sola el primer nombre, y sólo con los cuatro hijos llegaba
y me obligaron a ir a un consulado a cambiarla y que le pongan los dos nombres
si vas a lo seguro comprá mas moratoria porque te sobra espacio
en lugar de 12/1990 poné 12/1992
la moratoria entera para esta señora es mas barata que un sólo mes
de la nueva ley
comprá más y asegurate que llegue a los 30 de aportes
acordate que tiene casi 7 años de exceso de edad
y que por la pensión la tiene que pagar de contado

es nada en comparación a lo que va a cobrar mensualmente cuando se jubile
 #1476079  por Lan
 
Genial Prev! Muchas gracias! Bueno ya estoy terminando todo. De las 2 partidas: 1 tiene el DNI mal de la madre (quien va a tramitar la jubilación) con lo cual la rectificación no llega al turno, descarto partida y la 2) es la de la cedula que por las dudas también descarto. Duda: Vos al principio (con los 2 hijos) me dijiste que use moratoria hasta 12/89 y después (con los hijos inclusive) hasta 12/90...eso no entendí por que o si te confundiste? Ahora que no tengo los 2 hijos lo haría entonces hasta 12/91...esta ok? JURO QUE ES LO ULTIMO PERO ME CONFUNDE LAS DOS FECHAS QUE ME DIJISTE (12/89 Y 12/90, ambas teniendo en cuenta los 2 hijos). Gracias por todo!!!!
 #1476080  por Lan
 
Y algo mas prev ese pago de intereses de antónimo 2006 (no figura inscripta en AFIP en datos personales) sí aparece en la historia laboral de anses, no importa? Lo voy a excluir de la liquidación como me indicaste pero quería preguntarte si no pasa nada que este en la historia laboral de Anses....Muchas Gracias!!!! Ya estoy terminando!