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  • Sucesión - Venta fraudulenta URGENTE

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 #1474867  por AleCtes
 
Buenas tardes a todos! les escribo desde Corrientes y necesito la opinión de ustedes.
A fines de mayo inicié una sucesión en un Juzgado de una localidad del interior llamada San Luis del Palmar. Dicho escrito contenía una acción de simulación contra una de las herederas, ya que se había efectuado una compraventa entre la causante y ella por el 100% de un campo, único bien del acervo hereditario.
A su vez, también solicité una medida cautelar de no innovar, ya que teníamos información que dicha heredera ya estaba ofreciendo el campo en el mercado inmobiliario y a posibles compradores de la zona.
Debido al cúmulo de tareas que pesa sobre el juzgado, aún no tuve primera providencia, y con la mala suerte que en el día de ayer inició la feria judicial en la provincia, hasta el día 23 de julio.
Hoy recibo llamado de una de las herederas perjudicadas, diciéndome que la heredera propietaria del campo (con inscripción en RPI) intimó a los demás herederos para que lleven los animales propiedad de cada uno, y les dio plazo hasta este lunes. Así que al parecer ya efectuó la venta del inmueble.
Mi consulta es: ¿podría con una denuncia policial trabar dicho "desalojo"? Solo tengo número de expediente y carátula en el sucesorio. En caso positivo ¿cuál sería el delito por el que se podría hacer la denuncia?
Espero haber sido claro en la explicación y desde ya agradezco a todos por su colaboración.
 #1474906  por AleCtes
 
Muchas gracias!
Hay algún impedimento en iniciar dicha acción de simulación dentro del sucesorio? o tiene que tramitar en una causa aparte?
 #1474915  por legalescom
 
Tendrá que tramitar, como incidente, pero, por ante el mismo Juzgado del sucesorio. Este, seguro, te va a responder, ocurra por la via que corresponda, pero, al menos, te sirvió para interrumpir la prescripción. Tengo entendido que, cuando la simulación se entrabla junto con la colación, su prescripción tiene el plazo de esta última.
 #1474916  por JulioManfredini
 
Tengo un caso parecido, y ocurrió lo que dice Legales.com: el juez del sucesorio dijo,,,"ocurra por la via que corresponde" (NO por via incidental dentro del sucesorio) Tambien pedí determinadas cautelares y exhortos, el juez las desestimó pero la cámara me dio la razón.
 #1474917  por legalescom
 
Exacto, si bien, no te dicen cual sería la vía correspondiente, entiendo, que la más procedente, es un proceso aparte e independiente, pero, con radicación por ante el mismo juzgado del sucesorio y ofreciendo, éste, como prueba, a todo evento.
 #1474918  por oscarcito766
 
si efectivamente transfirio el dominio del inmueble el adquirente lo es de buena fe por lo tanto la accion de colacion seria la via mas idonea contra ese heredero pero que si no tiene bienes suficientes para cubrir lo que deba colacionar estas en el horno e iniciaste un juicio en vano con perdida de tiempo salvo q le saque alguito a tu cliente
 #1474923  por legalescom
 
No sería tan así, ya que el C. C. y C. dispone:

Art. 2457.- Derechos reales constituidos por el donatario. La reducción extingue con relación al legitimario, los derechos reales constituidos por el donatario o por sus sucesores. Sin embargo, la reducción declarada por los jueces, no afectará la validez de los derechos reales sobre bienes registrables constituidos o transmitidos por el donatario a favor de terceros de buena fe y a título oneroso. (texto según Ley N° 27.586).
Art. 2458.- Acción reipersecutoria. Salvo lo dispuesto en el artículo anterior, el legitimario puede perseguir contra terceros adquirentes los bienes registrables. El donatario y el sub adquirente demandado, en su caso, pueden desinteresar al legitimario satisfaciendo en dinero el perjuicio a la cuota legítima. (Ley N° 27.586).