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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1345748  por tisio
 
Buenos días estimados:

Me llego un caso en que el padre (fallecido) designo por escritura publica al curador de su hija mayor de edad (con capacidad restringida), conf. art 139 C.C; por lo general siempre he realizado curatelas, pero en este caso puntual tengo dudas, por que existe un expediente judicial que designó al padre (fallecido) como curador y este a su vez antes de su muerte designo a su concubina. Mi duda es;
1- Debo iniciar una curatela o determinación de la capacidad, cuando ya hay un expediente que declaro curador definitivo al padre? o
2- Debo conformar un expediente para aprobación judicial de la designación por escritura publica como dice el Art. 139 C.C. ? y en este caso que formato de modelo de escrito y código de materia, utilizaré?
Agradezco sus opiniones.-

Gracias