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  • VINCULACIÓN DE CUENTA AUTONOMO SICAM NECESARIA?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1278156  por joaquin001
 
NO, SI LIQUISATES POR LA 24241, TENES QUE PONER TODOS LOS PERIODOS DESDE 83 , SIN CAMBIAR LA ACTIVIDAD,
SUGERENCIA: EN EL CASO QUE TE SIGA SALIENDO ESE AVISO DE NO COINCIDENCIA, LIQUIDAS POR LA 24476, SI PASAS EL SOCIOEONOMICO, SOLO 1 SOLO MES Y AHI TE VA ASEGURAR QUE TE ACEPTE EL SISTEMA CUALQUIER PERIODO QUE NO COINCIDA , AHORA DESPUES DEL 9/93, AHI SI TENES QUE RESPETAR LA ACTIVIDAD
Perfecto, revisé el puc y veo que el 02/2007 figuran APORTES SEG.SOCIAL AUTONOMOS en Estado "BAJA DEFINITIVA"
Por lo que entiendo que la situacion revista deberia quedar de la siguiente manera:
Desde el inicio de inscripción en autonomos - Hasta 02/2007.
Y luego debería renunciar a todos estos periodos por el Art. 1 Ley 25321.
Es asi?
Otra consulta, la deuda que figura en el CCAM de autónomo hasta el 02/2007, al presentarse y liquidarse de la manera anteriormente mencionada, se borraria?

MUCHAS GRACIAS!
 #1278159  por joaquin001
 
MARIO1943 escribió:
joaquin001 escribió: Mié, 25 Ago 2021, 17:58
MARIO1943 escribió:SI TE SALE ESA LEYENDA QUE NO COINCIDE CON EL PUC, HASTA EL 09/93 PONES CUALQUIER ACTIVIDAD ,
DESPUES TENES QUE RESPETAR LA ACTIVIDAD, NO ENTIENDO PORQUE NO TE LO DEJA PONER, SI LIQUIDASTES
POR LA LEY 24241, AHI SI TENENES QUE RESPETAR LA ACTIVIDAD DESDE 1983
Liquide por medio de la ley 24241, entonces vos mario sugeris dejar la actividad declarada automáticamente por el sistema(07/2004 al 02/2007)? Disculpame no comprendí la última oración
NO, SI LIQUISATES POR LA 24241, TENES QUE PONER TODOS LOS PERIODOS DESDE 83 , SIN CAMBIAR LA ACTIVIDAD,
SUGERENCIA: EN EL CASO QUE TE SIGA SALIENDO ESE AVISO DE NO COINCIDENCIA, LIQUIDAS POR LA 24476, SI PASAS EL SOCIOEONOMICO, SOLO 1 SOLO MES Y AHI TE VA ASEGURAR QUE TE ACEPTE EL SISTEMA CUALQUIER PERIODO QUE NO COINCIDA , AHORA DESPUES DEL 9/93, AHI SI TENES QUE RESPETAR LA ACTIVIDAD
Perfecto, revisé el puc y veo que el 02/2007 figuran APORTES SEG.SOCIAL AUTONOMOS en Estado "BAJA DEFINITIVA"
Por lo que entiendo que la situacion revista deberia quedar de la siguiente manera:
Desde el inicio de inscripción en autonomos - Hasta 02/2007.
Y luego debería renunciar a todos estos periodos por el Art. 1 Ley 25321.
Es asi?
Otra consulta, la deuda que figura en el CCAM de autónomo hasta el 02/2007, al presentarse y liquidarse de la manera anteriormente mencionada, se borraria?

MUCHAS GRACIAS!
 #1278161  por MARIO1943
 
MARIO1943 escribió: Sab, 21 Ago 2021, 14:52
joaquin001 escribió: Sab, 21 Ago 2021, 14:15 Muchas gracias Mario, te comento que por fin pude vincular la cuenta en el sicam. El cliente se llego a Anses y retiro fisicamente el padron histórico de autónomos, despues segui los pasos que indicaste y todo salio bien.
Ahora te consulto, esta claro que actualmente al cliente le figura una deuda enorme por todos los períodos desde el inicio impagos, al renunciar estos períodos la deuda se anula cierto? De ser asi, cuál seria el procedimiento para renunciar a los períodos?
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AL RENUNCIAR LA DEUDA CON ART 1 LEY 25321.LA DEUDA SE ANULA. ALOS EFECTOS DE OBTENER UN BENEFIVIO EN ANSES.PERO PARA AFIP POR MAS QUE RENUNCIE, TIENE DEUDA EXIGIBLE LOS ULTIMOS 10 AÑOS
ME PREGUNTAS SI EN EL CTA CTE SE BORRA LA DEUDA, EN ESTE POST DE LO CONTESTE