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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1240534  por LuGomez77
 
Buenas tardes colegas! ¿en la práctica cómo se cobran los honorarios por jubilacions/pensiones? en cuotas? apenas cobra el cliente la primera jubilación?
Agradezco la orientación porque es mi primera jubilación, gracias!
 #1240536  por DRalonso
 
apenas cobra el cliente la primera jubilación

PERO TENES QUE ACORDARLO BIEN AL EMPEZAR
 #1240664  por LuGomez77
 
DRalonso escribió:apenas cobra el cliente la primera jubilación

PERO TENES QUE ACORDARLO BIEN AL EMPEZAR
Gracias DRalonso; pero si tengo que cobrarle 2 haberes, y la persona cobra 1, cómo llega al monto??
 #1240740  por LuGomez77
 
DRalonso escribió:NO HAY DE QUE!

¿NO HAY RETROACTIVO?
Claro!!!! es mi primera jubilación y floto en un mar de incertidumbre jeje! Gracias por el aporte!
Cruzaré los dedos para ese momento :lol:
 #1240753  por DRalonso
 
NO HAY DE QUE!

REITERO: TENES QUE ACORDARLO BIEN AL EMPEZAR

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