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Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1230066  por ggzz
 
Una persona NO-ABOGADA refiere clientes a un Abogado, y como contraprestación por el servicio, firma un contrato pactando un % sobre los honorarios de este último, en concepto de compensación por el referido, sólo en caso que el abogado gane el caso. Al Abogado le conviene porque por este servicio no se le cobra nada, salvo que gane.

La ley de honorarios de abogados de CABA dice:
"Será nulo todo contrato sobre honorarios profesionales que: a) No se celebre por abogados o procuradores inscriptos en la matrícula respectiva al tiempo de convenirlo"

Se que es muy común en la informalidad esto. Pero..

¿Hay alguna forma legal o legítima para firmar un contrato de este estilo sin correr el riesgo de la nulidad?¿Se les ocurre alguna alternativa?