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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #1197254  por SER1981S
 
Soy accionista minoritario de una SA. No estoy vinculado a la operatoria diaria. Hace poco me confesaron que durante 2016 y 2017 por motivos de fuerza mayor (vinculados a la devaluacion) la empresa paso momentos económicos críticos y recurrieron a la compra de facturas electrónicas (apócrifas) para apalancarse con el impuesto, sino hubieran quebrado. Ahora en 2018 se volvió a la normalidad.
El tema es que los montos adeudados son muy elevados, por ende pagar todo ahora (rectificar) no es una alternativa viable. El mes pasado la AFIP los intimo porque detectaron dos de las razones sociales. Eso se rectifico, pero afortunadamente esas facturas eran de poca plata.
Pero es la punta del iceberg... es probable que en adelante comiencen a caer todas o la mayoría una tras otra.
Me plantearon la idea de cerrar la empresa actual, y retomar actividades con otra razón social, pero me preocupan los alcances del riesgo que va a seguir latente, porque el presidente de esa sociedad es el hijo de uno de los socios, y es mi ahijado.

Los interrogantes que surgen son:
1) Suponiendo que los montos NO lleguen a ser “penales” , la afip solo acciona judicialmente contra la empresa y su patrimonio? o también lo hace extensivo contra el presidente y directores en simultaneo?
2) En caso de que si sea penal, seguramente accionarán contra el presidente en forma
Personal. Pero solo al presidente o también a los directores y a mi como accionista?
3)La empresa actual con problemas es preferible cerrarla o dejarla abierta pero sin actividad / con actividad mínima?
(Esto último lo pregunto porque si AFIP la encuentra cerrada, quizás vaya directamente a buscar al presidente. En cambio, imagino que si ven que está abierta o activa deban accionar primero contra la empresa y sus bienes y recién luego contra la persona, y de esta manera tal vez se pueda ganar tiempo)
4)En cualquiera de los casos, que conviene hacer con los planes de pago vigentes? Los debería continuar pagando la empresa nueva? El presidente con una cuenta corriente personal? O simplemente es preferible que se caigan, ya que la empresa cerró?

Se que es complejo para tratarlo aca, pero realmente no conozco del tema y no se a quien recurrir, si contador o abogado.

Cualquier comentario sera bienvenido, y desde luego si alguno tiene en claro el tema, no tengo problemas en abonar una consulta.

Muchas gracias

Sergio