Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Liquidacion - Empleado construccion

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1146961  por AbogadoJoven
 
tengo mi primer tema de la construccion y me estoy volviendo loco.
Trabjador 1 año y medio de antiguedad, le pagan por ahora, despido sin causa... aca los problemas:

1) Le pagan por semana de trabajo, pero le hacen recibo por quincena. En los recibos figuran rubros q a veces no fueron pagados como el sac, y otros directamente ni son liquidados como presentismo o adicionales por zona, distancias etc etc. Estos se pueden reclamar mes por mes en q fueron devengados? en tal mes corresponde tal adicional ?
2) sobre la liquidacion final, Entiedno q corresponde solamente cobrar el Fondo de cese laboral, y las multad de las 22250. Hast ahora no le dieron la libreta de trabajo. Corresponde aplicar la multa ? Como se cobra este fondo?
3) el empleador le dijo q saco fecha en el ministerio de trabajo: que puede ofrecer pagar ya q no tiene q indemnizar pero si tendria q pagar vacaciones proporcionales?

Lo mas complicado es el tema de diferencias en el valor hora y por trabajos de distintas categorias realizados. El pertenece a categoria "herrero ofocial" pero varias veces ha hecho trbajos de otras categoria. En base a esto pregunto:

pude hacerse un reclamo mes por mes, con las diferencias que hubiere por los trabajos realizados en ese mes, pertenecientes a otra categoria, y por lo tanto la diferencia por producirse una recategorizacion segun el art 7 del CC 76/75?


gracias, es mi primer caso de este tipo.
 #1146988  por DRA10
 
1) Le pagan por semana de trabajo, pero le hacen recibo por quincena. En los recibos figuran rubros q a veces no fueron pagados como el sac, y otros directamente ni son liquidados como presentismo o adicionales por zona, distancias etc etc. Estos se pueden reclamar mes por mes en q fueron devengados? en tal mes corresponde tal adicional ? ENTIENDO QUE SI FIRMO EL RECIBO, TE VA A RESULTAR DIFICIL PROBAR QUE NO LOS PERCIBIÓ, EXCEPTO QUE COBRE POR CUENTA SUELDO. EN CUANTO A LOS RUBROS NO LIQUIDADOS CONSIDERO QUE LOS PODES RECLAMAR MEDIANTE TCL
2) sobre la liquidacion final, Entiedno q corresponde solamente cobrar el Fondo de cese laboral, y las multad de las 22250. Hast ahora no le dieron la libreta de trabajo. Corresponde aplicar la multa ? Como se cobra este fondo? EN CUANTO AL FONDO, TENES QUE VER SI EL TRABAJADOR TIENE LA TARJETA SOY CONSTUCTOR O LA LIBRETA. EN CUALQUIERA DE LOS DOS CASOS TIENE QUE ESTAR FIRMADA POR EL EMPLEADOR Y TIENE QUE INDICAR EN QUE BANCO ESTAN DEPOSITADOS LOS FONDOS. SINO DEBERAS INTIMARLO
3) el empleador le dijo q saco fecha en el ministerio de trabajo: que puede ofrecer pagar ya q no tiene q indemnizar pero si tendria q pagar vacaciones proporcionales? ....

Lo mas complicado es el tema de diferencias en el valor hora y por trabajos de distintas categorias realizados. El pertenece a categoria "herrero ofocial" pero varias veces ha hecho trbajos de otras categoria. En base a esto pregunto:

pude hacerse un reclamo mes por mes, con las diferencias que hubiere por los trabajos realizados en ese mes, pertenecientes a otra categoria, y por lo tanto la diferencia por producirse una recategorizacion segun el art 7 del CC 76/75? A VER, TENDRIAS QUE VER UN POCO MEJOR EL TEMA DE LA CATEGORIZACION, ES DECIR CUAL ES LA CATEGORIA QUE PREDOMINA EN LA PRESTACION DE SERVICIOS, VER SI PODES ENCUADRARLO EN LA MAS ALTA O GENERAL EL PAGO DE UN ADICIONAL, ETC. LA CATEGORIA ES UNICA, NO SE GENERAL MES A MES...


gracias, es mi primer caso de este tipo.[/quote]
 #1147019  por DRA. MACA
 
AbogadoJoven escribió:tengo mi primer tema de la construccion y me estoy volviendo loco.
Trabjador 1 año y medio de antiguedad, le pagan por ahora, despido sin causa... aca los problemas:

1) Le pagan por semana de trabajo, pero le hacen recibo por quincena. En los recibos figuran rubros q a veces no fueron pagados como el sac, y otros directamente ni son liquidados como presentismo o adicionales por zona, distancias etc etc. Estos se pueden reclamar mes por mes en q fueron devengados? en tal mes corresponde tal adicional ?
2) sobre la liquidacion final, Entiedno q corresponde solamente cobrar el Fondo de cese laboral, y las multad de las 22250. Hast ahora no le dieron la libreta de trabajo. Corresponde aplicar la multa ? Como se cobra este fondo?
3) el empleador le dijo q saco fecha en el ministerio de trabajo: que puede ofrecer pagar ya q no tiene q indemnizar pero si tendria q pagar vacaciones proporcionales?

Lo mas complicado es el tema de diferencias en el valor hora y por trabajos de distintas categorias realizados. El pertenece a categoria "herrero ofocial" pero varias veces ha hecho trbajos de otras categoria. En base a esto pregunto:

pude hacerse un reclamo mes por mes, con las diferencias que hubiere por los trabajos realizados en ese mes, pertenecientes a otra categoria, y por lo tanto la diferencia por producirse una recategorizacion segun el art 7 del CC 76/75?


gracias, es mi primer caso de este tipo.
Por ser el primer caso compartilo con un colega entendido, el gremio de la construcción es complejo, con liquidación también mas compleja que una común.
 #1147042  por agentil
 
AbogadoJoven escribió:tengo mi primer tema de la construccion y me estoy volviendo loco.
Trabjador 1 año y medio de antiguedad, le pagan por ahora, despido sin causa... aca los problemas:

1) Le pagan por semana de trabajo, pero le hacen recibo por quincena. En los recibos figuran rubros q a veces no fueron pagados como el sac, y otros directamente ni son liquidados como presentismo o adicionales por zona, distancias etc etc. Estos se pueden reclamar mes por mes en q fueron devengados? en tal mes corresponde tal adicional ?
2) sobre la liquidacion final, Entiedno q corresponde solamente cobrar el Fondo de cese laboral, y las multad de las 22250. Hast ahora no le dieron la libreta de trabajo. Corresponde aplicar la multa ? Como se cobra este fondo? TODAS LAS MULTAS Y FORMA DE PROCEDER LO ENCONTRAS EN LOS ARTS. 17, 18 y 19 de la ley 22250. SALUDOS!!
3) el empleador le dijo q saco fecha en el ministerio de trabajo: que puede ofrecer pagar ya q no tiene q indemnizar pero si tendria q pagar vacaciones proporcionales?

Lo mas complicado es el tema de diferencias en el valor hora y por trabajos de distintas categorias realizados. El pertenece a categoria "herrero ofocial" pero varias veces ha hecho trbajos de otras categoria. En base a esto pregunto:

pude hacerse un reclamo mes por mes, con las diferencias que hubiere por los trabajos realizados en ese mes, pertenecientes a otra categoria, y por lo tanto la diferencia por producirse una recategorizacion segun el art 7 del CC 76/75?


gracias, es mi primer caso de este tipo.