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 #129220  por Cashi
 
hola a todos, es la primera sucesión que patrocino y tengo una duda que quisiera consultarles. La misma la inician el conyuge supérsiste y cinco hijos, tres de los cuales residen en el exterior pero actúan por medio de un poder otorgado a otro de los herederos. En el primer auto se tienen por presentados los que actúan por sí y a uno de los poderdantes y se me pide que los notifique, la pregunta es debo notificar al domicilio real a los que actúan por sí y al que otorgó poder en el domicilio real del apoderado?
 #129243  por aliciacesio
 
Cashi escribió:hola a todos, es la primera sucesión que patrocino y tengo una duda que quisiera consultarles. La misma la inician el conyuge supérsiste y cinco hijos, tres de los cuales residen en el exterior pero actúan por medio de un poder otorgado a otro de los herederos. En el primer auto se tienen por presentados los que actúan por sí y a uno de los poderdantes y se me pide que los notifique, la pregunta es debo notificar al domicilio real a los que actúan por sí y al que otorgó poder en el domicilio real del apoderado?
Como dice el auto?Se presentaron todos juntos?

 #129259  por Cashi
 
Ante todo gracias.
El auto dice: "por presentados, parte por si y en el caracter invocado respecto de XXX y por constituido el domicilio y por denunciado el real. Notifiquiseles."
De nuevo gracias por su tiempo.

 #129361  por diegogvillamayor
 
Te hago una colsulta vos decis que patrocinas a la madre y a dos hermanos que viven aca y 3 hermanos que viven fuera del pais que dieron poder a otro hermano??'
esto esta mal. los poderes se dan a letrados, los hermanos de afuera no pueden dar poder a otro hermano o a la madre y que ellos te contraten a vos como abogado de todos.
En algun momento se van a dar cuenta de esto y van a tirar todo lo que hiciste para atras.
Los poderes se dan a los abogados no a otras personas.
en cuanto al o otro me imagino que debes notificar al resto de los herederos a los que no los tuvieron por constituido como parte.

Saludos

 #129395  por Cashi
 
si. efectivamente yo represento a la madre y a los dos hermanos que viven acá. Uno de los hermanos que vive afuera otorgó poder especial para esta sucesión a uno de los que está acá y a él lo
incluyen en el auto como parte. Los otros dos que residen afuera según me dijeron en el juzgado deben presentarse por sí o por apoderado, con poder especial para esta sucesión. nada me dijeron de lo que vos me informás. de lo cual yo concluyo que en realidad todos los que apoderaron a mi cliente me deben apoderar a mí???

 #129398  por diegogvillamayor
 
Si los poderes especiales judiciales se dan a los letrados no a las partes y estas te contraten como patrocinante. vos aca tendiras que ir como patrocinante de la madre y de los 2 que viven aca y como apoderado de los 3 de afuera.
Igual espera a ver si alguien te dice algo diferente, a mi varias veces me rechazaron sucesiones porue qlos clientes apoderaron a una parte y no a mi. es mas ahora en lomas tengo una parada porque el pavo del cliente apodero a su ex mujer y no a mi, el 1 despacho fue que presente el poder valido para mi.
igual sino preguntalo en el juzgado.

saludos

 #129403  por aliciacesio
 
diegogvillamayor escribió:Te hago una colsulta vos decis que patrocinas a la madre y a dos hermanos que viven aca y 3 hermanos que viven fuera del pais que dieron poder a otro hermano??'
esto esta mal. los poderes se dan a letrados, los hermanos de afuera no pueden dar poder a otro hermano o a la madre y que ellos te contraten a vos como abogado de todos.
En algun momento se van a dar cuenta de esto y van a tirar todo lo que hiciste para atras.
Los poderes se dan a los abogados no a otras personas.
en cuanto al o otro me imagino que debes notificar al resto de los herederos a los que no los tuvieron por constituido como parte.

Saludos
Estoy de acuerdo con Diego, no entiendo bien a quien patrocinas vos y porqué te ordenaban notificar si los habían tenido a todos por presentados.Concretamente quienes se presentaron y a quien denunciaron como herederos y no se presentaron todavía en el expte?

 #129419  por Cashi
 
el tema es así, la sucesión la inician por si los dos hermanos que viven acá y en representación con poderes que se adjuntaron al escrito de inicio la madre y los hermanos que estan en el exterior. uno de ellos que tenía poder especial para esta sucesión fue tenido como parte en ese proveido; pues dice.." por presentados, parte por sí yu en el carácter invocado ..(nombra al que apoderó con poder especial) respecto de los otros el auto solicita se presenten por si o por apoderado. por eso pensé que si apoderaban a mi cliente con poder especial estaríamos en las mismas condiciones que con el hermano que aceptaron como parte. no se si ahora está más claro desde ya gracias

 #129708  por diegogvillamayor
 
Por lo que entiendo solo tuvieron como parte al que se presento por dcho propio, no a los que estan presentados con poder porque te repito no se puede.

saludos

 #129727  por Cashi
 
entendido, voy a hacer que me apoderen a mi y con ello por lo visto soluciono el problema. la verdad que no sabía que no se podía apoderar a alguien y que esa persona luego me contratara en nombre de todos. de donde surge tal cosa. muchas gracias por la puesta en conocimiento
saludos