Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • SUCESION CAPITAL HONORARIOS VALUACION FISCAL O REAL

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1104929  por laura698
 
Doctomasito escribió:Hola gente. Siempre me interesa saber cómo estás regulando los juzgados de Capital en las sucesiones. Si la colega que tiene la inquietud nos comenta cómo le fue estaría buenísimo.....Muchas gracias.
Buenas noches! Todavia no he solicitado regulación de honorarios. Saludos!
 #1115855  por laura698
 
Doctomasito escribió:Hola gente. Laura : ya te regularon ? Un beso.
Buenas noches! Todavía no he solicitado regulación, estoy por hacerlo en estos días, asi que en cuanto tenga novedades les comento. Saludos!
 #1118694  por laura698
 
Doctomasito escribió:
laura698 escribió:Buenas noches! Todavía no he solicitado regulación, estoy por hacerlo en estos días
. Lauraaaaa...!!! Me interesa saber lo de la regulación . Gracias !!!
Buenas tardes!! Solicite regulación la semana pasada, solo por los trabajos que beneficiaron a todos los herederos y en base a la valuación real del inmueble, tengo que correr traslado a la otra parte.. Por ahora solo eso. Saludos!
 #1119368  por laura698
 
Buenas noches Colegas!! Cuanto cobrarían por la realización de las tareas comunes realizadas hasta la declaratoria de herederos (segunda etapa del sucesorio) incluido el pago de la tasa de justicia?

Solicite regulación judicial por estas gestiones, pero para poder solicitar inscripción x tracto abreviado los herederos a quien no represente durante el sucesorio y respecto a quienes solicite la regulación, me pidieron que informe que monto pretendo cobrar..

Les paso los datos, aguardo respuestas!

- Hay 4 herederos, a uno de ellos le corresponde el 50% y el otro 50% se divide entre los otros 3 (yo soy apoderada de uno de estos herederos con quien ya tengo convenio).

- Hay un solo bien integrante del acervo, cuyo valor real es de U$S 85.000.-

- Las otras etapas fueron cumplidas por otro abogado.

Gracias!!!
 #1119827  por laura698
 
Buenas tardes!! Ya se regularon provisoriamente los honorarios.
los datos son los que aporte anteriormente.. cantidad de herederos, de letrados y valor del inmueble. Por la 2° etapa y el pago de tasa de justicia = $32.000.- Que opinan?
 #1120949  por anisol
 
Estimados, me sumo al foro, para hacerles la siguiente consulta.
Mi cliente y su hermana iniciaron con el patrocinio letrado de otro abogado la sucesión de su madre en capital.
Mi cliente solo firmó el primer escrito. En la sucesión ya se publciaron edictos. Ahora mi cliente me contacta diciendome que quiere que lo patrocine yo.
- Como es la sustitución de patrocinio en capital? se hace con un formulario como en provincia?
- Al momento de regular honorarios, mi cliente tendrá que pagarle al otro abogado por lo trabajado hasta la sustitución de patrocinio? como es en estos casos?
- Mi cliente me comentó que el abogado les está pidiendo a cada alrededor de 80 mil pesos.

Muchisimas gracias!!!
 #1121055  por Doctomasito
 
Hola.
anisol escribió:- Como es la sustitución de patrocinio en capital? se hace con un formulario como en provincia?
. Después me fijo si hay normativa al respecto, pero en la práctica vi muchas veces sustitución de patrocinio con la simple presentación del nuevo letrado ( o sea, ni renuncia ni revocación del anterior ), sin haber visto otra consecuencia que el eventual pedido de regulación de honorarios por parte del sustituido. En todo caso, y para ser más prolijos, una C.D revocando el patrocinio no estaría demás.
anisol escribió:Mi cliente solo firmó el primer escrito
anisol escribió:- Al momento de regular honorarios, mi cliente tendrá que pagarle al otro abogado por lo trabajado hasta la sustitución de patrocinio? como es en estos casos?
. Sí, claro...y no va a ser al " momento de regulación de honorarios ", sino, seguramente, ni bien lo desplaces. Y, tal vez una mala noticia para tus nuevos clientes : Si no firmaron convenio , ese sólo escrito de inicio representa 1 /3 del trabajo ; y eso lo van a tener en cuenta los jueces al regular.
Por último : Excepto que la ruptura con el anterior colega haya sido por motivos muy específicos, OJO con estos clientes...cobrá de a poco, si querés, pero andá cobrando...no es usual que alguien se saque de encima a su abogado en esta etapa primaria del proceso. Indagaste cuánto les iban a cobrar( si había convenio ), o cuánto imaginaban sería la regulación judicial ? Contame más. Saludo cordial.
 #1121064  por anisol
 
Muchisimas gracias Dr. por su respuesta, ha sido muy amable.
Le comento brevemente, los herederos son dos hermanos que no se hablan, "A" fue el que se contactó con el abogado. "B" solo firmó el primer escrito (por presión de "A") Ambos hermanos tienen el mismo patrocinio letrado.
"B", me contacta y me dice que quiere que yo lo patrocine, que no sabe si firmaron convenio de honorarios con el abogado. Me comenta que el abogado le esta pidiendo alrededor de 80 mil pesos de honorarios (no sabe si al otro hermano le está pidiendo el mismo monto, mi temor es que se A se aproveche de B haciendole pagar todos los honorarios a B).
Acervo hereditario: 50% inmueble cuya valuacion es de 120 mil.

A "B" le parece excesivo el monto en concepto de honorarios que le pasó el abogado.
Yo soy amiga de la flia de "B", en consecuencia no pensaba cobrarle como a un cliente más.
El hermano "A" seguiría con el mismo patrocinio letrado.
Lo que estoy pensando es:
Si yo me presento ahora patrocinando a B, cuando el juez regule honorarios, de todos modos A y B van a tener que pagarle al abogado por su labor en autos. B no creo que pueda deslindarse de pagar al abogado como pretende.
Lo que si creo es que el juez regulará un monto inferior a lo que está pidiendo el abogado actualmente.
Finalmente, aunque yo me presente no queda mucho mas para hacer, solo pedir la DH e inscribir.
Le agradecería muchísimo su opinión!.
 #1121066  por Pachita
 
Hola Anisol

si efectivamente va a tener que pagar los honorarios por el trabajo realizado.

Si tu cliente decide revocar patrocinio debe notificarlo por CD y en algunos casos lo he acompañado al expdte.

Lo ideal si queres evitarle gastos es que el otro abogado renuncie al patrocinio presentando un escrito en el expdte diciendo que no tiene nada que reclamar lo veo dificil.

Tene presente que el codigo de etica establece que des aviso al letrado anterior,
Artículo 15.- Todo abogado debe dar aviso fehaciente al colega que haya intervenido
previamente en el caso de reemplazarlo o participar en la representación, patrocinio o defensa.
Esto no será necesario cuando el letrado anterior hubiera renunciado expresamente o se le
hubiera notificado la revocación de tal mandato o patrocinio. El abogado no debe tratar, directa o
indirectamente, ni arribar a ningún tipo de convenio o acuerdo con personas patrocinadas y/o
asesoradas por otro colega, sin la intervención o conocimiento de éste.
 #1121073  por anisol
 
Muchas Gracias Pachita! Me parece justo y lógico que el abogado reciba honorarios por lo trabajado (entiendo que lo tendrían que pagar ambos herederos en partes iguales no?). Tal vez los 80 mil que el abogado pidió a cada heredero me parece un poco excesivo dada la valuación fiscal del inmueble. Si regula el juez creo que va a ser mucho menos.