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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #115384  por gallemaricel
 
Hola! les consulto por lo siguiente: presente el tramite para iniciar una jubilacion de personal embarcado, como documentacion presente libretas de embarque, cédulas de embarque y copias de libro de rol certificadas por prefectura.
En la UDAI me rebotan las copias de los libro de rol porq dicen que la probatoria 6395/46 no las acepta, pero yo se que SI corresponde pero no encuentro la normativa que avale que es válido presentar las copias del libro de rol, pueden ayudarme????
Muchas gracias!!!!!

 #115624  por empí©docles
 
La prueba por excelencia es la Libreta; con ella acredita servicios y cese.-

 #115629  por gallemaricel
 
Si, eso lo tengo claro, Lo que necesitaria saber es en donde dice que el rol de embarque es válido para demostrar tiempo de servicios.
Gracias

 #115634  por margot
 
Qué es el rol de embarque??
Lo que se tiene en cuenta son las fechas de embarco y desembarco, después si era timonel o maquinista no cuenta, a eso te referís?

 #115644  por gallemaricel
 
El rol de embarque es un libro que lleva cada embarcación por obligación de prefctura, en el cuál debe obligatoriamente dejarse sentado quíen es el patrón y quién el marinero de cada embarcación y por cuanto timepo.
Yo presenté copia de ellos certificada por prefectura, pero la sra. de la UDAI no la acepta porque esta en doble faz!!!!!!!!!!! (los libros son grandes, y no entran todo en una sola carilla!!) asi que quiero ver la norma en donde se lo permite (res. de anses o que) para q me tome esos años.

Gracias