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  • Sucesión. Que me recomiendan hacer?

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 #102869  por csr79
 
Tengo una sucesión en la que hay declarados como herederos el cónyuge supérstite y tres hijos. El único bien del acervo es una propiedad, perteneciente en un 50% al causante y en igual parte al conyuge supérastite, adquirida durante el matrimonio.
El cónyuge superstite tiene a su vez dos hijos (uno fallecido) de un matrimonio anterior.
Este cónyuge supérstite desea transmitir su 50% de la propiedad, mas lo que le corresponde en la sucesión del causante (otro 50% por ser un bien ganancial, por lo cual en total tiene el 75% del bien) a uno de los herederos, estando los demás de acuerdo.
Como debo instrumentar esto? Es en el expediente? No podria afectar la legitima de los otros hijos del anterior matrimonio, si este 75% del bien es su unico patrimonio? Ustedes que harían? Una cesión onerosa? Una cesión de derechos hereditarios? Partición en el expediente? En este último caso, se debe depositar en autos los valores que surjan de las compesaciones que deba hacer el heredero que recibe el bien a sus hermanos? O se puede manifestar que estan todos de acuerdo y listo?
gracias, si no esta claro pregunten
 #102875  por Ishtar
 
Hola, en mi opinión estas haciendo mal los cálculos, el cónyuge solo puede disponer del 50% (la parte ganancial) el otro 50% lo heredan los hijos del cónyuge fallecido...(me parece...esperá otras opiniones...)

 #102876  por Ulpiano-mdp
 
es asi ishtar...esta mal la cuenta, a primera vista, al conyuge le corresponde el 50% como socia de la sociedad conyugal, el otro 50 % por ciento es de los hijos del causante.-

Yo haria venta de mitad indivisa (obviamente onerosa).-Si hace donacion, los demas hijos del primer y segundo matrimonio tienen que presentarse en la escritura para decir que han sido compensados.

Si son menores, todo se complica

 #102947  por csr79
 
Mi razonamiento es este: el bien era propiedad de ambos, por lo cual sólo entra en la sucesión el 50 % del mismo (la porción que correspondía al causante). De ese 50% ganancial que entra en sucesión, a la cónyuge le corresponde el 50% como socio de la sociedad conyugal, y los hijos se dividen el resto.
De allí que si se hiciera la pertinente inscripción, la esposa pasaría a ser titular del 75% del bien. Es correcto?
Ahora bien, como instrumento todo para que sea uno de los herederos quien se quede finalmente con el 100% del bien?

 #102951  por Sailaw
 
No, el conyuge supérstite no entra en la parte ganancial del causante, eso es para los decendientes (los hijos), que tienen en el caso un 16,666 % cada uno.

El conyuge supérstite solo entra cuando existen bienes propios del causante, en igual proporción que los hijos del mismo (una hijuela).

 #103995  por Ulpiano-mdp
 
csr79 escribió:Mi razonamiento es este: el bien era propiedad de ambos, por lo cual sólo entra en la sucesión el 50 % del mismo (la porción que correspondía al causante). De ese 50% ganancial que entra en sucesión, a la cónyuge le corresponde el 50% como socio de la sociedad conyugal, y los hijos se dividen el resto.
De allí que si se hiciera la pertinente inscripción, la esposa pasaría a ser titular del 75% del bien. Es correcto?
Ahora bien, como instrumento todo para que sea uno de los herederos quien se quede finalmente con el 100% del bien?
No es correcto, porque con ese criterio tambien tenes que dividir la mitad indivisa de la conyuge superstite, que tambien es ganancial (25 para ella y 25 para los hijos, si haces lo mismo con la del fallecido, 25 para la conyuge (socia) y 25 para los hijos, y llegas al resultado que te dijimos: 50% para la conyuge como socia y 50% por sucesion para los hijos.-Saludos

 #104217  por csr79
 
Ya entendí, grosso error conceptual tenía. La sociedad conyugal tiene el 100% del bien de carácter ganancial, por lo que al disolverse la misma la cónyuge retira su 50% y el resto se divide entre los hijos.
Ahora bien, como instrumento lo que yo quiero (que uno de los hijos se quede con el 100% del bien (recordar que la conyuge tiene dos hijos de otro matrimonio). Saludos y gracias a todos por sus respuestas

 #104250  por Ulpiano-mdp
 
Exacto.- Fijate lo que te dije mas arriba de la venta de mitad indivisa, o cesion onerosa de derechos hereditarios que incluya expresamente los gananciales de la madre a favor del hijo del 2do matrimonio, obviamente por escritura publica.-

 #104252  por Ulpiano-mdp
 
Habria que estudiar tambien la posiblidad de adjudicacion por particion privada presentada y aprobada en el expediente sucesorio , que va por simple instrumento privado. El tema que tendria que haber otros bienes de valores similares para adjudicar a los restantes herederos...