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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #992228  por azrael132333
 
Estimados: tengo un cliente, familiar, que tiene una ejecución fiscal por deuda de abl, no prescripta, me conviene, en cuanto a los honorarios del mandatario, presentarme en la ejecución o ir directo al mandatario, pagar deuda int y honorarios y luego presentar lo pagado en el expediente de ejecución? Si presento el comprobante de pago en el expediente que pasa procesalmente? Solo un tengase presente y listo?
Desde ya, gracias!
 #992677  por msonaglioni
 
Estimado,

Si se encuentra vencido el plazo de traslado para oponer excepciones y/o no tenés excepción alguna para oponer, lamentablemente no les va a quedar otra más que proceder al pago de la deuda (impuesto + intereses) y las costas.

Te recomiendo que te pongas en contacto con el mandatario del GCBA que lleve la causa y le solicites que te practique liquidación de la deuda y los honorarios. Te emiten un formulario para el pago de todos los conceptos

Una vez cancelado, si te ponés de acuerdo con el mandatario, pueden presentar un pedido conjunto de archivo en el que se manifiesta que se ha cancelado la deuda reclamada, así como también las costas.

Si no, acreditás el pago el expediente, solicitás el archivo de las actuaciones y el juzgado dará traslado al GCBA para que presten conformidad. Para el caso que haya embargo y/o inhibición trabado, tendrías que solicitar el levantamiento y posteriormente diligenciarlo.

Un último consejo... si todavía están dentro del plazo para oponer excepciones, te recomendaría que controlaras los plazos transcurridos entre que se ordenó el traslado y practicaron la notificación, como para poder analizar si pueden oponer una caducidad de instancia. En Cod. CAyT es de 6 meses.

Espero que te resulte de utilidad. Saludos.
 #992878  por azrael132333
 
Muchisimas gracias! Voy a ir a ver el expediente para corroborar los plazos de caducidad.
Me ha sido de mucha utilidad su comentario. Muy agradecido
Saludos colega!!!
 #1187384  por virdelamerced
 
Consulta, si pago la deuda que me dice el mandatario pero no así los honorarios, y luego presento la excepción de pago total cuando me corran el traslado de la demanda, podría evitar pagar honorarios????

y si pido caducidad puedo pagar la deuda sin pagar los honorarios? gracias!!