Buenas colegas:
Necesito hacerles una consulta: tengo un cliente que renunció a su trabajo y que lo hizo con la antelación prevista, etc etc. Bueno, el último día que laboró fue el viernes 14/9/2012, pero le dijeron que la liquidación final la iba a tener para el viernes 28/9/12, lo cual le parece una locura. La idea es que este miercoles enviar un TCL para que se le abone la liquidación final éste mismo viernes, o sea, el 21/09/12. Ahora bien, el texto lo tengo en la cabeza, pero no he encontrado sustento desde lo legal. Hay alguna norma que estipule un plazo para que se abone esto? o, quizás, se pueda asimilar al pago de haberes, que no puede extenderse más allá del quinto día hábil???
Agradecería a los que me puedan responder a la brevedad.
Saludos
Necesito hacerles una consulta: tengo un cliente que renunció a su trabajo y que lo hizo con la antelación prevista, etc etc. Bueno, el último día que laboró fue el viernes 14/9/2012, pero le dijeron que la liquidación final la iba a tener para el viernes 28/9/12, lo cual le parece una locura. La idea es que este miercoles enviar un TCL para que se le abone la liquidación final éste mismo viernes, o sea, el 21/09/12. Ahora bien, el texto lo tengo en la cabeza, pero no he encontrado sustento desde lo legal. Hay alguna norma que estipule un plazo para que se abone esto? o, quizás, se pueda asimilar al pago de haberes, que no puede extenderse más allá del quinto día hábil???
Agradecería a los que me puedan responder a la brevedad.
Saludos
