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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #81531  por Anarbeu
 
Hola! Les cuento mi problema: Empece a trabajar en el 2002 como monotributista, y en febrero de 2007 empece a trabajar en relacion de dependencia, pregunte si tenia que dar de baja el monotributo y me dijieorn que no,que era baja automatica. Hoy me llego una carta intimandome a saldar mi deuda (todo este 2007 y 6 cuotas que me quedaron de entre el 2002 y 2006) Por lo que tengo entendido aunque presente mi recibo de sueldo y el hecho de que no facture al AFIP no les importa y debo pagar toda la suma. Me pueden ayudar, por que no tengo idea que hacer, tambien debo darle de baja a ingresos brutos, saben que debo llevar y donde se tramita? Por favor!!! Gracias!

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 #81673  por dragates
 
Anarbeu, te aconsejo que te pongas en contacto con un contador de confianza para ver como te resuelven el tema.
Saludos

 #81823  por caru
 
BUENO, POR EMPEZAR NO SOY CONTADORA.....PERO PIENSO Q EN LA AFIP, LO SOLUCIONAS PRESENTANDO DECLARACIONES JURADAS EN CERO.....OBVIO POR CONTADOR......
EN TEMA DE LOS INGRESOS BRUTOS....SE TRAMITA EN RENTAS.....Y PARA DARLE DE BAJA, TE BAN A EXIGIR Q PAGUES LA DEUDA.........
SI ENTRAS EN UN PLAN DE PAGOS....NO T OLVIDES DECIRLE A TU CONTADOR Q TE PREPARE DDJJ EN CERO P/PRESENTAR EN DGR......BESOS
TE PASO EL LINK DE LA PAGINA Y ABAJO.....EL LINK DEL FORMULARIO CON LOS REQUISITOS NECESARIOS......

http://www.rentasgcba.gov.ar
http://www.rentasgcba.gov.ar/formulario ... ic5_3.html

 #81915  por MANEL
 
En cuanto al MONTOTRIBUTO es cierto, no te dan de baja en forma automática, tenés que solicitarla, por lo tanto vas a tener que pagar los periodos adeudados. Para dar la baja tenes que ir a la dependencia de AFIP que corresponda por tu domicilio y ahi te van a decir como hacer, tambien podes encontrar informacion en la pagina web.
En relación a INGRESOS BRUTOS primero tenes que ir a un contador para que te presente en cero todas las declaraciones juradas que adeudas, asi no te ponen una multa. Una vez que hagas esto, tenes dos opciones dar la baja o seguir presentando las DDJJ sin actividad. Si vas a seguir laburando en relación de dependencia te conviene dar la baja.