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  • Quien paga los honorarios del mediador en provincia???

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 #933989  por drarusso
 
hola perdon mi ignorancia pero pedi mediación en la provincia de buenos aires y la mediadora me pide 69 pesos para la carta documento y 94 para sus gastos es esto legal?? yo tenia entendido que solo debia cobrarme la carta documento?
Gracias por ayudarmeeeee!!!
 #934076  por flux
 
drarusso escribió:hola perdon mi ignorancia pero pedi mediación en la provincia de buenos aires y la mediadora me pide 69 pesos para la carta documento y 94 para sus gastos es esto legal?? yo tenia entendido que solo debia cobrarme la carta documento? Gracias por ayudarmeeeee!!!
Por lo de los gastos no es legal

Al menos hasta todo lo que se debatio el año pasado en este hilo y viendo lo que dice la ley de mediacion obligatoria (salvo nueva normativa reciente que desconozca), en ningun lugar de la ley de mediacion se fija que el mediador pueda cobrar gastos genericos (porque tampoco te los imputan claramente) a cargo de la parte

Lo que tiene derecho es a cobrar el IUS de honorarios al cerrar el acta o 2 IUS si la otra parte no se presenta y siempre que tu cliente no haya iniciado un BLSG previo a la celebracion de la audiencia

Si te corren conque eso de los gastos es legal pedi factura al mediador y que impute exactamente a que van esos gastos y los respalde con boletas, posiblemente no tenga como explicar el destino de esos gastos ni como respaldarlos
 #937589  por expediente
 
drarusso escribió:hola perdon mi ignorancia pero pedi mediación en la provincia de buenos aires y la mediadora me pide 69 pesos para la carta documento y 94 para sus gastos es esto legal?? yo tenia entendido que solo debia cobrarme la carta documento?
Gracias por ayudarmeeeee!!!
Es que, conforme lo dispuesto por los artículos 6 y ssgtes. de la Ley 13.951, el procedimiento de mediación se inicia con la presentación del formulario correspondiente ante la Receptoría General de Expedientes y el sorteo del Mediador que entenderá en el reclamo interpuesto, procediéndose en el mismo acto al sorteo del Juzgado que, eventualmente, entenderá en la homologación del acuerdo, o en la litis (art. 6, ley 13.951). Consecuentemente, toda actividad que realice el mediador a fin de cumplir con la tarea para la cual fue sorteado queda comprendida en las previsiones de la ley 13.951 de mediación obligatoria.
E incluso considerando en forma hipotética y conjetural la aplicación subsidiaria de la ley 8904 -y asumiendo que lo peticionado resulta atendible en esta instancia del trámite-, las erogaciones efectuadas por el letrado en concepto de gastos administrativos por apertura de carpeta no quedan comprendidos dentro de los gastos reembolsables, pues de acuerdo a lo resuelto jurisprudencialmente, se trata de gastos efectuados por el profesional para el mejor funcionamiento interno del Estudio Jurídico que presta el servicio (conf. CC0101 MP 107396 RSI-929-98 I 25-8-1998; "García Eduardo c/ Cassino Domingo s/ ejecución"; Font-De Carli; CC0101 MP 116203 RSI-367-1 I 10-4-2001; De Carli-Font-Cazeaux; CC0201 LP 89022 RSI-314-99 I 23-12-1999 ; Fisco de la Provincia de Bs. As. c/ Scotto Wis, Enrique s/ Expropiación inversa; Sosa-Bissio). Por los motivos que anteceden, citas legales y jurisprudencia aplicable, se rechaza la intimación solicitada por la requirente.
MAXIMILIANO COLÁNGELO
JUEZ CIVIL Y COMERCIAL
 #945390  por JPCABIATI
 
Una consulta, que sucede si despues de cerrada el acta de mediacion ley 13951, el abogado pierde contacto con el requirente o este no quiere realizar la demanda? Cual sera el procedimiento a seguir para no tener consecuencias profesionales? Gracias!!!
 #946782  por gusgus
 
lo que se me ocurre es mandarle cd al cliente informando el vencimiento del plazo y sus consecuencias respecto al pago de honorarios del mediador y, a su vez, notificandoles el plazo de prescripcion de la accion y que deberá presentarse a suscribir la demanda antes del mismo...

tambien, si queres, podes intimar al pago de tus honorarios por la tarea desarrollada en la etapa de mediacion
 #958152  por LLR
 
Estimados colegas; como es posible que los abogados sean tan necios o estémos acostrumbrados a bucar la vuelta para ganar un caso que no sepamos interpretar la ley ...??
El colega Expediente se ha tomado el trabajo de citar los artículos de la ley e interpretarlos, en forma clara y concisa, no hay otra vuelta que darle al tema.
Nuestro cliente tiene que saber que para iniciar un juicio hasta ahora le abonaba de adelanto al abogado lo que le pedía, sin ningún tipo de regulación y cuando llegaba la sentencia se ajustaba.
Quien discute al escribano, al martillero, al rematador los honorarios que cobran?
Los mediadores de la provincia de Buenos Aires tienen los honorarios TASADOS, con las aclaraciones de en que caso se abonan y de que manera. Mas claro imposible. No le encuentro el sentido de esta discusión esteril y me parece que el problema versa sobre el tema que los abogados no tienen un honorario TASADO y en consecuencia el que tiene cara roba a mano armado y el que no la tiene mas de una vez trabaja por el pancho.
Perdonen si ofendo a alguien, pero me superó leer tantas pabadas.
 #958205  por gusgus
 
LLR escribió:Estimados colegas; como es posible que los abogados sean tan necios o estémos acostrumbrados a bucar la vuelta para ganar un caso que no sepamos interpretar la ley ...??
El colega Expediente se ha tomado el trabajo de citar los artículos de la ley e interpretarlos, en forma clara y concisa, no hay otra vuelta que darle al tema.
Nuestro cliente tiene que saber que para iniciar un juicio hasta ahora le abonaba de adelanto al abogado lo que le pedía, sin ningún tipo de regulación y cuando llegaba la sentencia se ajustaba.
Quien discute al escribano, al martillero, al rematador los honorarios que cobran?
Los mediadores de la provincia de Buenos Aires tienen los honorarios TASADOS, con las aclaraciones de en que caso se abonan y de que manera. Mas claro imposible. No le encuentro el sentido de esta discusión esteril y me parece que el problema versa sobre el tema que los abogados no tienen un honorario TASADO y en consecuencia el que tiene cara roba a mano armado y el que no la tiene mas de una vez trabaja por el pancho.
Perdonen si ofendo a alguien, pero me superó leer tantas pabadas.
perdón eh!!!!

ud dice "que los abogados sean tan necios"???

disculpe colega pero ud. lisa y llanamente insulta mi inteligencia...

primero porque dice una cosa citando el antecedente de expediente, pero ese antecedente es contrario a lo que ud defiende,....

luego, porque de no ser asi,ud no tiene por que calificar como lo hace las posturas que cada uno tome interpretando la ley...

digo, nadie menciono aquí que los mediadores no deban cobrar su trabajo, sino que se debatio cuando debían hacerlo....

entonces, tomese el trabajo de leer absolutamente todo lo dicho en este posteo, desde la primera hasta la utima pagina...

luego comente, sin faltar el respeto....

porque todos, como ud,. tenemos derecho a interpretar la ley como se nos cante, anque equivocados, sin que venga un maestro ciruela a iluminarnos en forma despectiva e irrespetuosa, que debemos pensar o interpretar...

distinto sería si lo plantea como una postura distina., disintiendo con respeto----

pero ud descalifica...

por ello no merece mi respeto.
salutti
 #958243  por flux
 
Quien discute al escribano, al martillero, al rematador los honorarios que cobran?
Todo el mundo :lol:
Los mediadores de la provincia de Buenos Aires tienen los honorarios TASADOS, con las aclaraciones de en que caso se abonan y de que manera. Mas claro imposible.
El problema no es ese, el problema fue cuando se inventaron interpretaciones legales que no surgian del texto de la ley :lol:
No le encuentro el sentido de esta discusión esteril y me parece que el problema versa sobre el tema que los abogados no tienen un honorario TASADO y en consecuencia el que tiene cara roba a mano armado y el que no la tiene mas de una vez trabaja por el pancho.
No seas envidioso :lol:
 #958244  por flux
 
Igual aca la ley de mediadores hizo saltar dos cosas concretamente que son las que chocan:

1 - Gente que se metio a hacer mediaciones pensando que habia agarrado el gran negocio gran porque tendria clientes agarrados de las bolas por la obligatoriedad de la mediacion previa y que los abogados particulares les harian el trabajito de cobrarles a los clientes malos no pagadores para despues darselas a ellos; y se encontraron conque nadie les va a hacer el trabajo para que ellos cobren, que la gente no quiere poner un mango porque pretende "te pago cuando ganemos", ergo el tener la mediacion obligatoria no asegura ningun monopolio comercial exitoso del derecho de acceder a la justicia donde la guita crezca de la tierra

2 - Abogados particulares que estaban acostumbrados a tomar cualquier murga de clientes pedorros que no querian poner un mango y les tomaban el caso por lo que diera sin aclararles nada de en que se metian, se lo iniciaban y despues se lo dejaban tirado en juzgado hasta que apareciera mas plata; y ahora se encuentran conque al meterlos en mediacion si el tipo no quiere poner un mango no hay mediacion que valga porque ni podes notificar ya que el mediador no te la va a pagar de su bolsillo y si pasan los dias sin iniciar la accion el mediador ejecuta, ergo se les acabo la forma de trabajar medio pelo a la que estaban acostumbrados

Entonces con gente asi es logico que se vean sus aspiraciones frustradas cuando la realidad se les viene de frente
 #965750  por chiqui79
 
flux escribió:1 - Gente que se metio a hacer mediaciones pensando que habia agarrado el gran negocio gran porque tendria clientes agarrados de las bolas por la obligatoriedad de la mediacion previa y que los abogados particulares les harian el trabajito de cobrarles a los clientes malos no pagadores para despues darselas a ellos; y se encontraron conque nadie les va a hacer el trabajo para que ellos cobren, que la gente no quiere poner un mango porque pretende "te pago cuando ganemos", ergo el tener la mediacion obligatoria no asegura ningun monopolio comercial exitoso del derecho de acceder a la justicia donde la guita crezca de la tierra
Disculpe Dr pero creo que es una apreciación suya que en muchos casos no tiene fundamento, como en el mío. Yo considero que el sistema permite acceder mas rapidamente a una solucion al conflicto y trabajo desde este ámbito para que ello ocurra. Me pregunta si trabajamos por el dinero? si, por supuesto, lo necesito además. Ud no? Nadie pensó ni contó con la ayuda de nadie, estabamos mas que preparados para la "resistencia" de "algunos" colegas.
UN abrazo !!!!
 #965779  por GRACE 68
 
BUENAS TARDES
LOS MEDIADORES EN CAPITAL COBRAN SUS HONORARIOS SI HAY ACUERDO, SI NO LO HAY UN HONORARIO PROVISIONAL HASTA TANTO SE INICIE LA DEMANDA Y ADEMAS LOS GASTOS DE LA CARTA DOCUMENTO QUE DEBEN ENVIAR Y GASTOS ADMINISTRATIVOS SUPONGO QUE POR ANALOGIA EN PROVINCIA LA LEY DEBE HABER PREVISTO ESTO.

OTRA COSA SOMOS PROFESIONALES, DISCUTAMOS CON ALTURA SIN INSULTAR Y AGRAVIAR A NADIE Y SINO ESTAMOS DE ACUERDO PRESENTEMOS FUNDAMENTOS, SIN CALIFICACIONES PERSONALES.PORQUE SI NO PODEMOS HACER ESTO LUEGO DE TANTOS AÑOS ESTUDIANDO PARA OFRECER UN SERVICIO ADEMAS DE GANARNOS LA VIDA CON ESO, HABLA MUY MAL DE NOSOTROS COMO PERSONAS.
 #966386  por flux
 
SUPONGO QUE POR ANALOGIA EN PROVINCIA LA LEY DEBE HABER PREVISTO ESTO
Nope

Eso es lo fiero del tema

La ley de pcia no prevee un monton de cosas

Lo unico que la ley de pcia dejo previsto es que por iniciar la mediacion tenes que pagar 1 ius por tu parte y otro por la otra parte si no comparece, y si pasado cierto tiempo sin iniciar demanda pagas un valor por escala de tantos ius segun el monto del juicio o un fijo si es valor indeterminado

Lo que la ley de pcia no dejo en claro fue cosas como estas:

-Quien paga la notificacion al demandado desde que la SCBA no admite que las oficinas de mandamientos diligencien cedulas de mediacion..., por logica, que las pague el actor, y aca no hay BLSG que valga porque por mas BLSG que se diga, el mediador te puede contestar que "si muy lindo, pero ninguna ley dice que tiene que salir de mi bolsillo, asi que arreglese usted como pueda, sin notificar, no hay acta de cierre". Aparte es muy rata no querer pagar unos 50/100 pesos para notificar a la contraparte... aunque se entiende que si son varias contrapartes el costo aumenta, pero otra no queda, nadie te va a regalar plata

-Quien paga los 1 o 2 ius por gastos de mediacion en caso de que el actor tenga BLSG y subsecuentemente el valor tarifado de ius por el monto del reclamo o el fijo si era indeterminado..., aca es donde se arma el peor problema, porque si el actor tiene BLSG el dia del arquero se lo van a cobrar, directamente se niega a pagarlo y desde el BLSG bloquea cualquier accion de cobro

Y a eso se le sumaron problemas practicos como:

-Los supuestos gastos administrativos, que algunos mediadores cobran, bueno, si alguien los paga cosa del que los paga, pero no tienen fuente legal expresa, lo que hay es una serie de reinterpretaciones de la ley de mediacion y la ley de honorarios de abogados con las cuales se pretendio justificar esta practica pero que a donde una parte se te ponga en dura y no quiera pagarlos con esas reinterpretaciones legales no justificas un juicio

Con mas otros problemas de hecho:

-Como por ejemplo el caso donde el actor sin BLSG se niega igualmente al pagar el 1 o 2 ius de vivo pensando que "total por esa plata nadie me hace juicio" pero del otro lado el mediador como ya sabe que esto viene con esa mano le retiene el acta de mediacion con el argumento de "pedimela legalmente" y lo obliga a inciar un tramite administrativo complejo donde el mediador siempre tiene la defensa de "se la olvidaron al irse y luego no vinieron a buscarla" y se juega conque el actor no tienen pruebas concretas de la negativa del mediador a dar el acta sino que queda como "caso dudoso" y con eso no se justifica una sacion

La ley tenia que haber previsto estos casos con estas tres variables:

-Permitir al cliente con BLSG notificar por oficina de mandamientos (solo a este, los demas pagan la notificacion)
-Permitir al mediador retener el acta hasta tanto se paguen los 1 o 2 ius de la mediacion en caso de clientes sin BLSG (si la quieren que paguen)
-Aclarar que cuando hay BLSG se esta exento de todo gasto hasta que haya resolucion denegatoria del BLSG o mejora de fortuna
 #992192  por Santina87
 
mflorgf escribió:totalmente de acuerdo con lo que dice alevelo. La verdad es que me da MUCHISIMA LASTIMA que estemos matandonos asi entre colegas...porque señores, les aviso que los mediadores somos colegas suyos. A partir de la vigencia de la ley, cuando viene un cliente a mi estudio le explico que ahora hay un procedimiento nuevo y que ello implica costos. Una cosa es defender los intereses de tu cliente pero otra es matar a los mediadores....no se si se enteraron pero HAY UNA LEY y no la hicimos nosotros. Y como dice alevelo, uds. trabajan gratis? no me digan que van a concurrir a la mediacion sin cobrarle a su cliente por una tarea nueva que van a desarrollar..
Estimado, estando en vísperas de mi primera mediación, en mi rol de abogada del requirente, ya entregué las planillas de inicio y de datos al mediador, las que fueron recibidas por empleado que puso el cargo en las mismas, aboné los gastos para que realice las notificaciones.
Luego elmediador se comunicó telefónicamente conmigo, avisándome fecha de audiencia, pero no me preguntó absolutamente nada sobre qué tema versaría la mediación.. (no me refiero a detalles de la futura demanda si no se llegase a un acuerdo).. sino a datos básicos de la cuestión a mediar..me surge la inquietud.. el mediador debería interesarse por el asunto a tratar..? uds. dirán si estoy equivocada. Porque sino..., no estaría nisiquiera informado para llevar a cabo su asistencia ! No sé.. estoy desacertada? Debería hacer, según mi punto de vista, un mínimo estudio de la materia a tratar, como base para dar comienzo a la audiencia... no sé!! tiene que presentar el caso y decir para qué estamos presentes en dicha audiencia, sino cómo aportará su "mediación" sólo escuchando. En algún momento quizás le toque aportar información sobre el tema..
Entiendo que la mediación en provincia debe ser una herramienta valiosa que debemos aprovechar, todos somos abogados, y los que hoy patrocinamos a requirente o requerido, mañana podemos ser mediadores.
Me preocupa la "quietud" que observan algunos colegas en los mediadores, y desde mi punto de vista ellos deberían poder manejar, dirigir, trabajar lo que mejor convenga a las partes para que resulten beneficiadas con esta etapa.
He asistido a mediaciones en capital, me ha tocado en suerte mediadores activos que han conducido la negociación de manera eficiente, imparcial y seria, y los he visto interiorizados en la cuestión que se trataba.
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