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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #796590  por Fede321
 
Hola a todos. Tengo el siguiente problema. Tengo una clienta con enfermedad siquiátrica. El empleador la cita por art. 209 y en una entrevista de 25 minutos el médico descarta la patología, dice que no requiere licencia y que se tiene que presentar a trbajr. Mi clienta le pide copia de la evaluación y el medico se la niega. Mi pregunta es:

¿Siendo información personal sensible, el médico no esta obligado a darle copia? Leí la 25326 pero no me queda claro. ¿Alguien planteo algo similar alguna vez? Mi intención es intimar al médico y a la clínica para que me den copia e iniciarles acciones civiles si no es cuerente la evaluación el tiempo de la entrevista. gracias.
 #796657  por casbarrog
 
Hola
no entendí muy bien en caso en cuestión.-
x lo que entiendo la patronal ejerció su facultad de control del 210 lct y no justificó la licencia que la empleada solicita ¿es así?
hay que ver bien que la haya entrevistado, por parte de la patronal, un psiquiatra y no un psicólogo.
vos expresas enfermedad psiquiátrica que es distinto que tenga algun tipo de patología de índole psicológica.-
Si el psiquiatra personal del cliente indica enfermedad y prescribe licencia, notificá la misma a la empleadora y presentá los certificados pertinentes.
En caso que el empleador no otorgue licencia por enfermedad inculpable y, obviamente, no le abanorá los sueldos pertinentes, teóricamente no tiene preeminencia ninguno de los médicos (ni el de la trabajadora ni empleadora) en última instancia debería dilucidarse la controversia en sede judicial.-
No sé si en ministerio podrían resolver la cuestión, igual seguro otros colegas te escribirán opiniones.- espero que algo te sirva.-
cariños
gery
 #796658  por casbarrog
 
pensando en voz alta, y solicitar la historia clínica en virtud de la ley de los derechos del paciente?
la historia clínica es del paciente.-
pero fijate bien el tema de enfermedades inculpables de la lct,si ese es tu caso, pues debés proceder rápido si la trabajadora no va a ir a trabajar, más que nada porque la empleadora le hará caso al médico de la empresa que declara que tu cliente está okey y no justificará inasistencias por enfermedad y hasta te la terminen intimando por abandono de trabajo.-
saludos
espero no haber confundido, mil disculpas si interpreté mal la situación fáctica que has descripto y contesté cualquiera
éxitos
gery
 #797043  por aguchi
 
Por más que el médico de la patronal no esté de acuerdo, vos con el diagnóstico de tu médico tenés derecho a no ir a trabajar.
Es la patronal la que tiene que iniciar un procedimiento ante la autoridad administrativa para ver a qué médico le dan la razon, y recién ahi, pueden tomar medidas.
Saludos.
 #797126  por Fede321
 
Gracias por las respuestas. Estuve estudiando la ley 26529 e intime por hay a la empresa y a los profesionales. En cuanto a lo de las acciones administrativas, hasta donde se no hay esa instancia en capital federal. Si alguien sabe que si, avisen. Fede.