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  • Relación no registrada y no vigente, intimación Ley 24.013 ?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #770740  por Cecilia925
 
Estimados foristas:
Tengo una duda con un caso de un cliente (manejaba una retroexcabadora en una obra en construcción). No estuvo registrado durante la relación laboral (3 años) y hace 8 meses que no trabaja más en el lugar.
Dado que la relación no estaba registrada, me conviene intimar la registración por la ley 24.013, como si aún estuviera trabajando? (la obra sigue y aún utilizan retro y maquinaria pesada). Y otra, que CCT es aplicable a los operadores de retro??
Muchas gracias
 #770784  por Cecilia925
 
Muchas gracias Agentil. Entonces, intimaría expresando que: atento despido verbal formulado (sin poner fecha) intimo plazo 48 hs aclare mi situación laboral. Asimismo intimo registración por art 1 ley 25.323, consignando datos de la relación, reclamo haberes adeudados, dif sal, etc. Estoy perdida, nunca me tocó un caso donde la persona esperara tanto tiempo para reclamar, no quiero meter la pata, porque encima es una obra en construcción donde trabajó y no tengo certeza si siguieron utilizando maquinaria pesada por todo el tiempo que va desde el fin de la relación hasta ahora. :cry:
 #770800  por Cecilia925
 
Cecilia925 escribió:Se aplica como ley de fondo la 22.250, no la LCT, no?
Voy leyendo y posteo, perdón, pero por ahi le sirve a alguien. S/ el art 35 ley 22250 sus normas excluyen las de la Ley de Contrato de Trabajo en cuanto se refieren a aspectos de la relación laboral contemplados en la ley especial... en lo no contemplado aplico LCT.