Caso real: Mi cliente pertenece a las FFAA. Le robaron el auto en provincia, lo encontrò a las pocas cuadras, junto al automovil encontrò a una persona que por su vestimenta serià una de los autores del hecho, le dice que se detenga, este hulle, y mi cliente dispara varias veces contra el piso.
Es condenado penalmente (en suspenso) por amenazas agravadas.
Faltando un mes para que prescriba la accion civil, le llega la citacion para la mediacion en Capital.
El actor demanda a mi cliente y al estado Nacional, pero resulta que el arma, si bien es reglamentaria, está a nombre de mi cliente ( noa nombre de las FFAA).
Territorialmente la competencia es de la provincia de Bs As, salvo que se demuestre culpa de las FF AA.
Que opinan la mediancion interrumpio el curdo de la prescripcion?
Es condenado penalmente (en suspenso) por amenazas agravadas.
Faltando un mes para que prescriba la accion civil, le llega la citacion para la mediacion en Capital.
El actor demanda a mi cliente y al estado Nacional, pero resulta que el arma, si bien es reglamentaria, está a nombre de mi cliente ( noa nombre de las FFAA).
Territorialmente la competencia es de la provincia de Bs As, salvo que se demuestre culpa de las FF AA.
Que opinan la mediancion interrumpio el curdo de la prescripcion?