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  • Renuncia - Plazo para el pago de la liquidación

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #662231  por florbyg2010
 
Hola !
Queria ver quien me puede dar una mano, ya que no me dedico al fuero laboral, y un fliar esta con este tema.
El mismo trabajo casi por un año en OSECAC y renuncio el 16/11/10. Al momento no le abonaron la liquidación correposdiente. Frente a infinidad de llamados, no le dan respuesta o simplemente ni lo atienden.
La semana pasada enviamos TL intimando al pago en 48 hs y entrega de certificado de trabajo correspondiente. Tuvo respuesta al otro día, donde lo llamaron de RRHH para que pase a cobrar, y cuando se presento este martes vuelven a manifestar que no esta el cheque ni saben para cuando podra estar.
Entiendo no hay plazó legal para abonar liquidaciónes en caso de renuncia, pero ante este incumplimiento:
1- Se puede intimar a algo mas que el pago del sueldo, SAV y VAC en un seg envio vía TL o CD dadas las circunstancias
2- Se puede realizar la denuncia frente a algun organismo?
Lo poco que consulte me dice que no vale por el monto iniciar juicio pero tampoco me parece que pase el tiempo y mi cliente sin ver un peso.
Muchas gracias !!!!!!!
 #662257  por MORGAN
 
florbyg2010 escribió: Entiendo no hay plazó legal para abonar liquidaciónes en caso de renuncia
art. 255 bis LCT.
intimá por certificados y pago de lo adeudado.
 #662298  por carastec
 
Como bien dice MORGAN más arriba, el plazo para pagar las remuneraciones (e indemnizaciones), CUALQUIERA FUERA LA CAUSA POR LA QUE SE EXTINGUIÓ EL CONTRATO (incluye renuncia, obviamente); es de CUATRO DÍAS HABILES contados desde el distracto.
Vale decir, desde que fue recibido el telegrama de renuncia, se empieza a contar a partir del día siguiente, y el plazo de pago vence al cuarto día hábil.